Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0091)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremocha.
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NÚMERO 238
Jueves 14 de diciembre de 2023

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4. L
 os terrenos pertenecientes al Suelo Urbano Consolidado se desarrollarán mediante Actuaciones Edificatorias, pudiendo ejecutar, en su caso, las obras de urbanización precisas
para la edificación o para que la parcela alcance la condición de solar, de forma simultánea.
5. S
 e adscriben a la categoría de no consolidado los suelos que, estando integrados en el núcleo urbano, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Carencia de servicio urbanístico: suelos edificados integrados en la estructura del suelo
urbano que deben completar alguna infraestructura o servicio urbano por faltar o por no
ser suficiente para el aprovechamiento permitido por el planeamiento.


— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-0.



— Estos suelos se desarrollan mediante Actuaciones Urbanizadoras con el alcance preciso en función de las operaciones pendientes y la necesidad o no de reparto de
beneficios y cargas. El Plan establece los ámbitos orientativos de las Unidades de
Actuación Urbanizadora, a efectos de gestión y ejecución, siendo una determinación
de carácter detallado.

b) Completar cargas pendientes: suelos integrados en el suelo urbano en los que está
pendiente el cumplimiento de algún deber (urbanización y/o cesiones de viales), para
adquirir los derechos urbanísticos de la propiedad del suelo.


— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-1.



— Se desarrollan mediante Actuaciones Edificatorias.

c) Completar o reformar la estructura urbana existente. Suelos integrados en la estructura
del suelo urbano que deben completar la urbanización o ser reformados o realizar la
apertura de un viario.


— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-2.



— Estos suelos se desarrollan mediante Actuaciones Urbanizadoras con el alcance preciso en función de las operaciones pendientes y la necesidad o no de reparto de
beneficios y cargas. El Plan establece los ámbitos orientativos de las Unidades de Actuaciones Urbanizadoras, a efectos de gestión y ejecución, siendo una determinación
de carácter detallado.

d) Nuevos desarrollos. Suelos no urbanizados para los que se propone su transformación
urbanística para completar el suelo urbanizado. Son suelos limítrofes o interiores de
grandes manzanas sin desarrollar.