Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0091)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremocha.
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NÚMERO 238
Jueves 14 de diciembre de 2023

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2. El presente Plan no contempla un orden de prioridad en la ejecución, como consecuencia
del modelo adoptado conforme a las características del municipio, no obstante, a nivel
orientativo el número designado para cada uno de los suelos urbano no consolidados identificará su preferencia temporal, no fijándose plazos de ejecución.
3. L
 a ejecución del planeamiento se realizará de alguna de las siguientes formas:
a) Mediante actuaciones asistemáticas: ejecución de edificaciones y obra civil simultánea
en ámbitos donde no haya lugar a reparcelación y equidistribución, incluso si están delimitados en una Unidad de Actuación.
b) Mediante actuaciones sistemáticas: ejecución integral de la ordenación urbanística en
un ámbito espacial concreto delimitado, la Unidad de Actuación Urbanizadora. Se desarrollan mediante el proyecto de reparcelación, proyecto de urbanización y ejecución,
equidistribución y cesiones obligatorias, en los términos establecidos en la presente
Norma, y será la forma de ejecución en los SUnc-3.
Artículo 11. Ámbitos de ejecución. 
1. La ejecución de las determinaciones urbanísticas contenidas en el presente Plan se podrá
realizar:
a) En el suelo urbano consolidado sobre cada solar.
b) En el suelo urbano consolidado que no alcance la condición de solar y suelo urbano no
consolidado que precise alguna obra de urbanización (SUnc.1 y SUnc-4), mediante Actuaciones Edificatorias, sobre cada solar.
c) En el suelo urbano no consolidado la ejecución precisa con carácter previo la definición
del ámbito de actuación mediante la delimitación de Unidades de Actuación Urbanística
(en adelante UAU), ámbito de referencia de las operaciones físicas de ejecución y del
reparto de beneficios y cargas (SUnc-2 y SUnc-3).
d) En el suelo no urbanizable en función de las características propias de cada tipo de suelo
y protección.
2. E
 l Plan incluye una delimitación orientativa de UAU y UAE, que podrán ser modificadas de
conformidad con la legislación vigente y bajo los siguientes criterios:
a) Cada área de SUnc deberá quedar integrada en una o varias UAU, no pudiendo pertenecer un terreno a dos UA diferentes.