Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0090)
Acuerdo de 27 de abril de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Fuente del Maestre.
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NÚMERO 237
Miércoles 13 de diciembre de 2023

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unas dimensiones mínimas de ciento ochenta centímetros (180 cm) de ancho por ciento veinte
centímetros (120 cm) de largo.
4.

La solución constructiva adoptada deberá garantizar un desagüe adecuado bien superficialmente
(por cacera de riego central o lateral) o bien por disposición adecuada de sumideros.

5.

Los materiales a utilizar pueden ser variados, debiendo en cualquier caso reunir las siguientes
características:
a.

Calidad de aspecto e integración ambiental.

b.

Adecuación a la exposición al frío y humedad en el invierno, y al soleamiento intenso del
verano.

c.

Reducido coste de mantenimiento.

6.

Podrán utilizarse mezclas bituminosas en su color o coloreadas, hormigón regleteado y cepillado,
baldosa hidráulica o elementos prefabricados cerámicos, de piedra o de hormigón.

7.

Se diversificarán los materiales de pavimentación de acuerdo con su función y categoría,
circulación de personal, lugares de estancia, cruces de peatones, etc.

8.

Como complemento a los anteriores y combinándolos con las soluciones que se adopten, podrán
disponerse zonas restringidas para vegetación en la red de espacios libres con la finalidad de
ornato o complemento a la red viaria, ejecutándose con ladrillo cerámico macizo en su color natural
(rojo y uniforme), cantos rodados de tamaño mayor de 40 mm o adoquines de granito, o piedras
naturales.

9.

El tránsito entre sendas y las calles con tipo de nivel de restricción, se señalizará adecuadamente
por el cambio de coloración de los materiales de pavimentación, realizándose de forma suave por
la interposición de bordillos remontables rebajando el desnivel entre rasantes a 10 cm.

10. La decisión de pavimentación deberá garantizar una solución constructiva que de como resultado
un suelo antideslizante.
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Calles de coexistencia son aquellas en las que se trata al mismo nivel el área de movimiento del vehículo y
área de movimiento del peatón, con inclusión del bordillo remontable o sin bordillo.
En las obras de urbanización se definirán con las siguientes condiciones:
1.

Se utilizarán los mismos materiales para la pavimentación señalados en el artículo anterior.

2.

Se podrán diferenciar las zonas peatonales de las destinadas a tráfico rodado mediante la
utilización de distintos materiales para cada zona.

3.

Los materiales utilizados para pavimentación se dispondrán en soluciones constructivas que
permitan una adherencia adecuada y la correcta evacuación de grasas, aceites y residuos líquidos
y semisólidos.

4.

En el casco histórico se recomienda la utilización de materiales tradicionales, siendo preferente la
utilización de elementos cerámicos o piedras naturales, en adoquines o baldosas, según el
carácter del espacio, siendo obligatorio el uso de éstos en áreas estanciales. Las pendientes para
desagüe se realizarán hacia el centro de la calzada.

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Se entiende por calles con separación de tránsito aquellas en las que se diferencian a distintos niveles los
espacios destinados a tráfico rodado y los itinerarios peatonales adyacentes.
En las obras de urbanización se definirán con las siguientes condiciones:
1.



Las aceras tendrán un tránsito suave hasta la calzada, bien con la interposición de un bordillo saltable,
o bien con la configuración de encuentros al mismo nivel con distinta pendiente, que garantice el
encauzamiento de aguas pluviales.