Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2023064162)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Consejera, por la que se establecen los procedimientos para la acreditación y certificación de la competencia digital docente para el personal docente de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 236
Martes 12 de diciembre de 2023

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Decimoquinto. Modelo de acreditación.
La acreditación deberá utilizar el modelo oficial establecido por la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura según anexo III de la presente
resolución, incluyendo los siguientes apartados:
— “Acreditación del nivel de competencia digital docente” como denominación de la
acreditación.
— Referencia a la presente resolución.
— Modalidad del procedimiento de acreditación empleado.
— Nivel de competencia digital docente reconocido: A1, A2, B1, B2, C1, área del C2.
— “Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura”
como responsable de la expedición de dicha acreditación.
— Datos de la persona interesada (nombre, apellidos, DNI).
— Fecha de expedición.
— En el caso de la acreditación del nivel C2 de competencia digital, se incluirá únicamente
la referencia al área del MRCDD acreditada.
Decimosexto. Modalidades de la acreditación de la competencia digital docente.
Se podrá acreditar el nivel A1 a través de uno de los siguientes procedimientos:
1. C
 ertificación de la formación recibida: Una o varias actividades formativas recibidas, relacionadas con la competencia digital docente desde el curso 2018/2019, con una duración total
mínima de 40 horas (exceptuando congresos y jornadas) reconocidas para este fin en el Registro de Formación del Profesorado (RFP) y que atiendan a todas las áreas del nivel A1 en el
desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.

A1

2. S
 uperación de prueba específica de acreditación: prueba específica de acreditación que atienda a un nivel A1 en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente cubriendo todas las
áreas y, al menos, el 80% de los indicadores del MRCDD vigente.
3. T
 ítulos oficiales que habiliten para la profesión docente (Grado en maestro/a en Educación
Infantil, Grado en maestro/a Educación Primaria, Máster universitario de Formación del Profesorado de Secundaria, cursos de especialización didáctica para profesorado técnico en FP,
etc.), las menciones sobre tecnologías educativas en los Grados en maestro y máster oficial
universitario en materia de competencia digital docente para el uso de las tecnologías en el
aula; siempre que cubran todas las áreas de un nivel A1 en el desarrollo de las competencias
y, al menos, 80% de los indicadores de MRCDD vigente, según se indica en el resuelvo sexto,
apartado tercero.