Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064154)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de cebo intensivo con planta de compostaje, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez, cuya promotora es Hermanos Arroyo Zapata, SL. Expte.: IA22/1763.
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NÚMERO 236
Martes 12 de diciembre de 2023

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9. L
 a separación mínima entre edificaciones ubicadas en lindes diferentes será de 75 metros (artículo 248 del planeamiento municipal).
Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a
70, ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS):
1) El importe del canon a satisfacer será un mínimo del 1% del importe total de la inversión realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será
definitivo con la liquidación de las mismas.
2) L
 a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes actividades
o usos. Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos
terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter previo
al otorgamiento de la autorización municipal.
3) L
 a calificación rústica tiene un periodo de eficacia temporal limitada y renovable, que en
el presente caso se fija en sesenta y ocho años.
4) L
 a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
5) L
 a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y
del área de suelo vinculada a la calificación.
En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de formación de nuevo tejido urbano (artículo 65.3 de la Ley 11/2018).
En consecuencia, a efectos de la habilitación urbanística prevista por el artículo 71.3 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, la explotación porcina con planta de compostaje, resulta desde un punto de
vista urbanístico autorizable en su ubicación concreta, por lo que procede emitir informe
urbanístico favorable a la actuación propuesta, en las parcelas 86, 87, 88, 89, 92 y en
parte de la parcela 114, del polígono 11 del término municipal de Puebla de Sancho Pérez,
a instancias de Hermanos Arroyo Zapata, SL.
Al objeto de dar adecuado cumplimiento al contenido de la calificación rústica, establecido en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y