Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064154)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de cebo intensivo con planta de compostaje, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez, cuya promotora es Hermanos Arroyo Zapata, SL. Expte.: IA22/1763.
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NÚMERO 236
Martes 12 de diciembre de 2023

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urbanística sostenible de Extremadura, concretamente a letra d) del mencionado artículo,
desde la DGS se hicieron consultas a los efectos de la calificación rústica a las Administraciones Públicas relacionadas a continuación:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General de
Sostenibilidad.
— Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
— Confederación Hidrográfica del Guadiana.
— Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez.
— Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio.
Con fecha 31 de marzo de 2022, el Técnico Municipal del Ayuntamiento de Puebla de
Sancho Pérez emite informe en el que concluye que la actividad mencionada se encuentra
recogida entre los usos autorizables en suelo no urbanizable ordinario, por no estar recogida en las actividades prohibidas en las normas subsidiarias de Puebla de Sancho Pérez,
aprobadas en 5 de diciembre de 2002 y publicadas en el DOE el 12 de junio de 2003.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y respecto al contenido de
la calificación rústica, las condiciones y características de las medidas medioam­bientales
exigibles para preservar los valores naturales del ámbito de implantación, su entorno
y paisaje (letra c)) son las recogidas en la presente declaración de impacto ambiental;
la relación de todas las edificaciones, construcciones e instalaciones que se ejecutarán
para la implantación y desarrollo de usos y actividades en suelo rústico, que comprende
la totalidad de los servicios que demanden (letra f)), así como la repre­sentación gráfica
georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y del área de suelo vinculada a la califi­cación (letra g)), forman
parte del contenido propio del estudio de impacto ambiental presentado por el promotor
del proyecto conforme a las exigencias derivadas del anexo VII, estudio de impacto ambiental y criterios técnicos, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, que fija como contenido del estudio de impacto
ambiental, respectivamente, tanto el objeto del proyecto como su descripción, incluyendo
su localización.
Así mismo, en relación con la precitada letra g), en el apartado A.2 de la presente declaración de impacto ambiental, se ha realizado la representación gráfica georeferenciada de la