Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Procesos Selectivos. (2023064131)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatorias públicas extraordinarias para la constitución de bolsas de trabajo de Realizador/a en la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 235
Lunes 11 de diciembre de 2023

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b) Embarazo, maternidad/paternidad del interesado.
c) Deber público e inexcusable del interesado.
d) Causas de fuerza mayor.
El integrante que renuncie al puesto ofertado dispondrá de un plazo de 5 días naturales
para acreditar dicho motivo. Una vez acreditado, se mantendrá en el mismo puesto en la
bolsa de trabajo que viniera ocupando. El integrante que no acredite la renuncia al puesto
ofertado pasará al último puesto de la bolsa de trabajo específica.
Será causa de renuncia especial a ocupar un puesto de trabajo ofertado cuando el integrante mantenga una relación contractual por cuenta ajena con la Corporación Extremeña
de Medios Audiovisuales o la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña,
SAU, en dicho caso, el integrante se mantendrá en el mismo puesto de trabajo en la Bolsa
de Trabajo que viniera ocupando.
Serán causas de exclusión automática de la bolsa de trabajo:
a) Falsedad en la documentación aportada.
b) La rescisión, por baja voluntaria del trabajador, de un contrato de trabajo.
c) No superar el periodo de prueba legalmente establecido.
d) Despido disciplinario en la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña,
SAU.
e) Aquellos integrantes que, por no haber mantenido actualizados sus datos personales,
no puedan ser localizados para ofrecerles un contrato de trabajo, o una vez ofrecido
el contrato de trabajo, no manifiesten su aceptación de manera fehaciente en el plazo
indicado en la oferta.
La empresa podrá ofertar cursos de formación a los integrantes de la bolsa de trabajo, con carácter voluntario y previo a su contratación, relacionados directamente con el puesto de trabajo.
IX. I ncorporación: plazos y efectos.
9.1. La incorporación al puesto de trabajo se realizará atendiendo a la necesidad de la empresa convocante.
9.2. Los aspirantes que resulten seleccionados deberán presentar la documentación original
que les sea exigida en un plazo no superior a cinco (5) días naturales, contados a partir