Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Procesos Selectivos. (2023064131)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatorias públicas extraordinarias para la constitución de bolsas de trabajo de Realizador/a en la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 235
Lunes 11 de diciembre de 2023

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del llamamiento a ocupar el puesto de trabajo. El integrante que no acredite la renuncia
al puesto ofertado pasará al último puesto de la bolsa de trabajo específica.
La falsedad en el contenido de los documentos presentados implicará la nulidad de lo
actuado, así como la exclusión de la bolsa de trabajo, sin perjuicio de la responsabilidad
a que hubiere lugar.
9.3. E
 l domicilio y la dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el
único válido a efectos de notificaciones, siendo de responsabilidad exclusiva del aspirante
tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio
posterior del mismo.
9.4. Las personas que se incorporen al puesto de trabajo deberán superar el periodo de
prueba en el desarrollo efectivo de las funciones de dicho puesto o la categoría obtenida
en las condiciones y requisitos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y en el
Convenio Colectivo vigente; así mismo deberán realizar los cursos de formación que se
establezcan.
9.5. Actualmente se encuentra en vigor el II Convenio Colectivo de los trabajadores de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión
y Televisión Extremeña, SAU, publicado en el DOE n.º 127, de fecha 3 de julio de 2015.
9.6. Los contratos de trabajo tendrán la duración temporal necesaria hasta que cese la causa
que dio origen a la contratación, y su retribución respectiva se corresponderá con los
puestos de trabajo existentes en la entidad, aprobados por el Consejo de Administración,
de conformidad con el vigente II Convenio Colectivo de los trabajadores de la Corporación Extremeña de Medios audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y
Televisión Extremeña, SAU.
9.7. La incorporación al puesto de trabajo estará condicionada y sujeta al cumplimiento del
régimen de incompatibilidades de conformidad con la normativa vigente que resulte de
aplicación.
X. P
 ruebas médicas y psicológicas.
Tras la constitución de la bolsa de trabajo y, tras el llamamiento para ocupar el puesto de
trabajo, con carácter previo a su contratación, el trabajador vendrá obligado a someterse
a las pruebas médicas y psicológicas que se determinen, debiendo superarlas satisfactoriamente para poder ocupar el puesto de trabajo.