Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2023064146)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (Jefaturas de Unidades Técnicas).
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NÚMERO 234
Jueves 7 de diciembre de 2023

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2. Los cursos a los que hace referencia el punto 3 de la base cuarta deberán acreditarse
mediante fotocopia del diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, expedido por los Centros mencionados, o su inscripción en el Registro Central de
Personal.
3. L
 a Memoria se presentará en sobre cerrado y firmado por el candidato, de manera que no
sea legible sin abrirlo. Su extensión no podrá exceder de 20 folios, y deberá atenerse a las
siguientes indicaciones:
— Tamaño de hoja: DIN A4.
— Impresión por una sola cara de cada folio.
— Espacio interlineal: 1,5 cm.
— Márgenes superior e inferior: 2,5 cm.
— Márgenes izquierdo y derecho: 3 cm.
— Tipo de letra: Times New Roman 12 puntos.
— Espaciado posterior: 10 puntos.
4. Los concursantes que proceden de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud
documentación acreditativa de la terminación del período de suspensión.
5. La acreditación del destino del cónyuge o pareja de hecho se hará mediante la aportación
de fotocopia del libro de familia o documento de inscripción en el Registro de Parejas de
Hecho o equivalente que acredite la relación entre el solicitante o el cónyuge o pareja. Asimismo, se aportará certificación de la unidad de personal correspondiente que acredite la
localidad del destino del cónyuge o pareja de hecho, el puesto de trabajo que desempeña
y la forma de obtención de este.
Adjudicación de puestos
Séptima.
1. El concurso se resolverá en dos fases:
a) En la primera fase únicamente serán valoradas las solicitudes de personal funcionario
de carrera de la Universidad de Extremadura, y los que presten servicios en la misma,
cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios por
interés particular salvo que cumplan el período mínimo de dos años en dicha situación,
y los suspensos en firme mientras dure la suspensión.