Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2023064146)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (Jefaturas de Unidades Técnicas).
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NÚMERO 234
Jueves 7 de diciembre de 2023

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b) En la segunda fase, para los puestos que resulten vacantes tras la conclusión de la primera, serán valoradas las solicitudes de personal proveniente de otras Administraciones
Públicas con las que se tenga convenio de reciprocidad.
2. El orden de prioridad para la adjudicación de cada puesto vendrá dado por la puntuación
obtenida según el baremo de la base cuarta. En este orden, la propuesta de resolución
deberá recaer sobre el candidato a cada puesto que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases previstas en esta convocatoria.
Si el concursante aspirase a más de un puesto de trabajo y sus calificaciones le permitieran
acceder a varios de ellos, se le adjudicará aquél que figure en primer lugar en su solicitud.
3. En caso de igualdad en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en la fase primera de la base cuarta, por el orden expresado. De persistir
el empate, se acudirá a la mayor antigüedad como funcionario en el Cuerpo o Escala desde
el que se concursa y, en su defecto, el número obtenido en el proceso selectivo. En último
término será el sorteo el sistema utilizado para resolver el empate.
4. L
 os puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el
plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública,
en cuyo caso podrá optar entre ambos puestos de trabajo, estando obligado a comunicar
ante la Gerencia de la Universidad de Extremadura, por escrito, la opción realizada dentro
del plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del puesto.
5. Los traslados que hayan de producirse por resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán el abono de indemnización
por concepto alguno.
6. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan
las condiciones y requisitos en la convocatoria o, en su caso, no superen la puntuación
mínima exigida para resultar adjudicatario de un puesto.
Comisión de Valoración
Octava.
1. Los méritos serán valorados por la Comisión que se contenga en cada convocatoria, cuya
composición guardará identidad con lo establecido para los Tribunales de pruebas selectivas contempladas en el III ARCT.