Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064096)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de alojamiento de complejo turismo rural "UMA", cuyos promotores son Ernesto Agudiez Sacristán y Clara Calle Conde, en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA22/1361.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

61387

a) La cartografía y planos, en coberturas de localización para sistemas de información geográfica con formato estándar de acceso libre.
b) La identificación de las situaciones de riesgo por incendio forestal, para su análisis y
soluciones con medidas seguras, alternativas o paliativas.
c) Se singularizarán las afecciones por especial riesgo de incendio forestal o peligro de originarlo, así como los planos relativos a la auto protección o autodefensa, alejamiento,
evacuación, o confinamiento seguro para el caso de espacios aun eventualmente habitados.
d) Las medidas de prevención que se vayan a llevar a efecto sobre la vegetación o combustible, los posibles focos causantes de incendios, la autodefensa frente al alcance de
elementos vulnerables por el incendio forestal y otras actuaciones preventivas.
e) L
 a programación de su ejecución y mantenimiento, los accesos y la carga de agua para
los medios de extinción, así como las medidas de autoprotección, alejamiento, evacuación, o confinamiento seguro para el caso de espacios aun eventualmente habitados.
Anexo II. Medidas de autodefensa.
Las medidas de autoprotección o autodefensa, mínimas en su alcance y tipo, son:
a) Suprimir o reducir la propagación y el riesgo de alcance intenso por llamas y pavesas
disponiendo o manteniendo una franja de 3 metros circundante a los edificios y elementos vulnerables, despejada de vegetación leñosa o inflamable tanto en suelo como en
vuelo, ampliada a 30 metros con otra franja podada, segada o labrada, y desbrozada,
entresacada o aclarada para separar marcadamente las copas del matorral y del arbolado, y ambas entre sí, con una ocupación máxima del 50% del terreno. Cuando haya
riesgo de alcance, de llamas o pavesas al interior de la edificación, como en secaderos
y almacenes semiabiertos, a la franja circundante será única y despejada de vegetación
inflamable hasta los 30 metros. Los ajardinamientos y setos serán con especies de baja
combustibilidad.
b) Suprimir el riesgo de caídas de material leñoso sobre las cubiertas o los tejados, mediante la eliminación de poda del arbolado.
c) En las edificaciones aisladas, se dispondrán en lo posible rutas de evacuación alternativas al acceso principal u opciones de confinamiento seguro.
Anexo III. Medidas de accesibilidad.
Estas medidas establecidas en la Orden de Peligro Bajo de incendios son: