Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2023AC0088)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Hernán Pérez para establecer las condiciones para la implantación de edificaciones, construcciones e instalaciones dentro del uso terciario de alojamiento de turismo rural en el suelo urbano y en el suelo no urbanizable.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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e) Almacenes.


Situación 1. En planta baja de edificios.



Situación 2. En edificios independientes.

f) Uso Institucional y Público.


Categoría 1. Hoteles y residencias.

Edificios de servicio público que se destinan al alojamiento temporal, incluyendo
hoteles, residencias, y análogos, así como las actividades complementarias.


Categoría 2. Espectáculos.

Locales destinados al público en fines de recreo y vida de relación tales como casinos, salas de fiestas, bares y restaurantes.


Categoría 3. Cultura y Asociaciones.

Edificios destinados a fines culturales, enseñanza o investigación tales como museos, bibliotecas, teatros, academias, club sociales, etc.


Categoría 4. Docente.




Categoría 5. Sanitario y Benéfico.




Edificios destinados al tratamiento o alojamiento de enfermo, ancianos, etc.

Categoría 6. Religioso.




Edificios destinados a la enseñanza.

Edificios destinados al culto, tales como templos, conventos, capillas, oratorios, etc.

Categoría 7. Administración.

Edificios o locales dedicados al servicio público de la administración, como Ayuntamiento, Policía, Correos, etc.


Categoría 8. Deportivo y de recreo.



Terrenos, locales o edificios destinados a la práctica y enseñanza del deporte.