Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2023AC0088)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Hernán Pérez para establecer las condiciones para la implantación de edificaciones, construcciones e instalaciones dentro del uso terciario de alojamiento de turismo rural en el suelo urbano y en el suelo no urbanizable.
19 páginas totales
Página
NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

61483

ANEXO I
Como consecuencia de la aprobación definitiva de la modificación arriba epigrafiada por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de 27 de junio
de 2023, se modifican los artículos 17, 19, 20, 21, 28 y 30, y se introduce el artículo 28.BIS
en la normativa urbanística vigente, quedando como sigue:
Artículo 17. Condiciones de los usos.
Al objeto de definir la compatibilidad de usos admisibles en las distintas zonas se establecen
las siguientes categorías y situaciones:
a) Uso Residencial.


Categoría 1. Vivienda colectiva.



Categoría 2. Vivienda unifamiliar.

b) Uso Comercial.


Situación 1. En planta baja de edificios.



Situación 2. En edificios independientes.

c) Oficinas y Servicios.


Situación 1. En planta baja de edificios.



Situación 2. Anexos a vivienda.



Situación 3. En edificios independientes.

d) Uso Industrial.


Categoría 1. Sin molestia para la vivienda.



Categoría 2. Incomoda para la vivienda.



Categoría 3. Incompatible con la vivienda.



Situación 1. En planta baja de edificios.



Situación 2. En edificios independientes.