Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023063832)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023/2024.
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Lunes 4 de diciembre de 2023

acciones acreditadas y los costes justificados alcancen, al menos, el 60 % de la actividad subvencionada. Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total.
4. E
 n el supuesto de que el centro educativo en el que está matriculado el beneficiario se dotase, en el curso para el que se le concede la misma, de un recurso personal especializado
que pueda dar la atención educativa específica que necesita, o si recibe el apoyo educativo
domiciliario con recursos propios de la administración educativa, el reintegro se efectuará
en proporción al tiempo en que disfrutó del servicio sin existir en el centro en que se matriculó recurso personal especializado que pueda dar la atención educativa especifica que necesita, o apoyo educativo domiciliario con recursos propios de la administración educativa.
5. L
 as cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Publica de Extremadura.
Decimonoveno. Autorización.
Se faculta a la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios para dictar cuantos actos resulten necesarios para el desarrollo y ejecución de la
presente resolución de convocatoria.
Vigésimo. Eficacia y recursos.
1. L
 a presente convocatoria producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y
de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
2. C
 ontra la presente convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante la titular de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado
pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 2 de noviembre de 2023.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios,
(PD, Resolución 9 agosto de 2023
DOE núm. 156 de 14 de agosto),
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA