Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064054)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación a regadío de 37,96 hectáreas de olivar mediante aguas superficiales, en el término municipal de Badajoz", cuyo promotor es Antonio María Román Durán. Expte.: IA21/0095.
20 páginas totales
Página
NÚMERO 231
Viernes 1 de diciembre de 2023

61008

sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo concerniente al
control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como para evitar la erosión y
pérdida de suelo, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre calles,
para ser controlada mediante métodos mecánicos, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen entre los olivos antes de que el suelo sea labrado,
supongan un recurso para algunas especies fitófagas y depredadoras de plagas del
cultivo.


— Fauna. Aunque las parcelas donde se localiza el proyecto y las que se encuentran
próximas a éstas pudieran ser zona de campeo y alimentación de especies con figura
de protección, no se prevé que la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad cause una afección significativa sobre estas especies.



— Vegetación. Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una significativa afección directa o indirecta sobre la vegetación natural. Con la aplicación de
medidas protectoras no se prevé una afección directa o indirecta sobre el hábitat
Majadales silicícolas mesomediterráneos (código UE 6220) que limita al Suroeste con
la explotación.



— Paisaje. El impacto sobre el paisaje será mínimo teniendo en cuenta que se trata de
terrenos de cultivo ya implantados. Este tipo de explotación agrícola de olivar son comunes en los alrededores de la zona de actuación, donde predomina un mosaico de
cultivos agrícolas, principalmente tierras arables y olivares, aunque al Sur y Oeste de
la zona se encuentran parcelas de dehesas de encinares. La actuación, en cualquier
caso, no implicará la corta o eliminación de arbolado autóctono o el soterramiento de
vegetación ribereña palustre.



— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica. En la fase de funcionamiento el
impacto sobre la calidad del aire es mínimo, al igual que el ruido y la contaminación
lumínica.



— Patrimonio Arqueológico y dominio público. Dada la inexistencia de elementos de naturaleza arqueológica en la zona afectada por el proyecto, no se considera que el patrimonio arqueológico vaya a ser afectado, a pesar de lo cual se establecen medidas
preventivas de cara a la protección de aquel patrimonio arqueológico no detectado
en superficie. Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio
de realización del proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las
actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de
utilidad pública.