Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023064052)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la se reconoce la Federación Extremeña de Fútbol Americano, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, la aprobación de sus Estatutos y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 230
Jueves 30 de noviembre de 2023

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como los asuntos tratados, acuerdos y votos particulares si los hubiere. Las actas serán
suscritas, en todo caso, por el Presidente y el Secretario General.
d) Libros de Contabilidad, en los que figurarán tanto el patrimonio como los derechos y
obligaciones, ingresos y gastos de la Federación, debiendo precisarse la procedencia de
aquéllos y la inversión de éstos.
Artículo 29º. Información y examen de los libros.
Los federados tienen derecho al examen de los libros señalados en el artículo anterior, previa petición por escrito ante el Presidente quien, en el plazo de tres días desde su recepción,
emplazará al solicitante para mencionado examen en un plazo no superior a diez días. En el
escrito de petición se harán constar los documentos concretos que se desean examinar, no
pudiendo volver a cursar petición sobre los mismos en el plazo de un año desde la primera
solicitud.
TÍTULO IV
Régimen económico
Artículo 30º. Régimen económico.
1. Esta Federación se somete al régimen económico de presupuesto y patrimonio propios,
disponiendo de las siguientes facultades:
a) Promover y organizar actividades y competiciones deportivas dirigidas al público aplicando, en su caso, los beneficios económicos al desarrollo de su objeto social.
b) Comercializar su imagen corporativa y ejercer actividades industriales o de servicios,
destinando los posibles beneficios al objeto social, sin que, en ningún caso, puedan repartir directa o indirectamente los beneficios entre los miembros de la Federación.
c) Gravar o enajenar sus bienes muebles o inmuebles, excepto los supuestos contemplados en el apartado siguiente, punto c), tomar dinero a préstamo y emitir títulos de deuda o de parte alícuota patrimonial, si con ello no se compromete de modo irreversible
el patrimonio de la Federación y se autoriza por mayoría de dos tercios en Asamblea
General Extraordinaria.
2. S
 e necesitará autorización del Director General de Deportes para:
a) Comprometer gastos plurianuales no corrientes y/o de carácter extraordinario.
b) Aprobar presupuestos deficitarios.