Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023064052)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la se reconoce la Federación Extremeña de Fútbol Americano, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, la aprobación de sus Estatutos y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 230
Jueves 30 de noviembre de 2023

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c) La responsabilidad regulada en el presente artículo es independiente de la responsabilidad disciplinaria en la que se pudiese incurrir, y que se exigirá conforme a las disposiciones generales de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, así como
de la responsabilidad administrativa o penal conforme a la normativa vigente.
Capítulo II
Otros órganos
Artículo 27º. El Tesorero.
El Tesorero de la Federación será nombrado por el Presidente y tendrá las siguientes funciones:
a) Llevar la contabilidad de la Federación.
b) Ejercer funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-presupuestaria de los distintos órganos de la Federación.
c) Informar a la Junta Directiva de los asuntos económicos pendientes y proponer las medidas oportunas en esta materia.
TÍTULO III
Régimen documental
Artículo 28º. Libros.
El régimen documental y contable de esta Federación se recogerá en soporte informático y
estará integrado por los siguientes libros:
a) Libro Registro de miembros federados, con indicación del nombre y apellidos, Documento Nacional de Identidad, domicilio, fecha de nacimiento, fecha de alta y baja y fecha de
validez de la licencia en vigor.
El Libro de Registro de miembros federados deberá estar separado por estamentos y, en
su caso, por secciones dentro de los estamentos.
b) Libro de Registro de Entidades Deportivas, clasificado por secciones, en el que deberán
constar las denominaciones de las mismas, su domicilio social y nombre y apellidos de
los presidentes y demás miembros de la Junta Directiva. Se consignarán, asimismo, las
fechas de toma de posesión y cese de los citados cargos.
c) Libro de Actas, donde se consignarán las reuniones que celebren la Asamblea General,
la Junta Directiva y demás órganos colegiados reflejados en el presente estatuto, así