Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064002)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Cooperación descentralizada y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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su subsistencia, proteger sus derechos, defender su dignidad y sentar las bases de su posterior desarrollo; a la rehabilitación y reconstrucción de las infraestructuras físicas, económicas
y sociales, y a la prevención y reducción de la situación de vulnerabilidad de comunidades
y poblaciones víctimas de desastres del tipo que fuere; a la ayuda alimentaria y sanitaria;
a la asistencia a refugiados y desplazados internos por motivo de conflictos armados o de
guerras y también de catástrofes naturales cuando su situación se prolongue en el tiempo, a
la prevención de desastres, a la denuncia de violaciones de los derechos humanos asociada
habitualmente a estos colectivos, y a proyectos de defensa de los mismos”. La citada ley establece, en el artículo 2, j), como uno de los principios orientadores de la política de cooperación al desarrollo, la colaboración entre las administraciones públicas en cuanto al acceso a la
información, participación y máximo aprovechamiento de los recursos públicos.
Que la Ley 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad
Autónoma de Cantabria establece en su articulado, que la misma se enmarca en el respeto
a las líneas básicas de la acción exterior definidas por la administración del Estado, bajo los
criterios de coordinación, complementariedad entre administraciones públicas, en orden a
una mayor eficacia y eficiencia en la planificación y utilización de los recursos materiales,
técnicos y humanos, recogiendo entre sus objetivos atender o prevenir las situaciones de
vulnerabilidad y emergencia y contribuir a preservar la vida de los individuos y de las poblaciones más vulnerables. . Así mismo recoge entre sus principios la consecución de un desarrollo humano sostenible y global, integrador de las dimensiones, democrática, económica,
social y medioambiental, y con respeto a la equidad de género, reconociendo al ser humano
en su dimensión individual y colectiva como protagonista y destinatario último de la cooperación internacional, especialmente en las acciones de asistencia, protección, rehabilitación y
reconstrucción a favor de las poblaciones, así como la prevención de riesgos que reduzcan la
vulnerabilidad, el restablecimiento de sus derechos y la potenciación de sus capacidades de
desarrollo. La citada Ley establece en su artículo 13 que la Comunidad Autónoma de Cantabria podrá celebrar convenios de colaboración con otros agentes o Administraciones Públicas,
siempre que carezcan de ánimo de lucro y dispongan de estructura y experiencia para la
ejecución de los mismos.
Que, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la Ley 18/2017, de la Generalitat,
de Cooperación y Desarrollo Sostenible define, en su artículo 5 la acción humanitaria como
el conjunto de actuaciones de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema, orientadas a garantizar su
subsistencia, proteger sus derechos, defender su dignidad y sentar las bases de su posterior
desarrollo. Igualmente, comprende las actuaciones de post-emergencia encaminadas a la
rehabilitación y reconstrucción de las infraestructuras físicas, económicas y sociales, y la prevención y reducción de la situación de vulnerabilidad de comunidades y poblaciones víctimas