Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Acción Cinegética. Ayudas. (2023063906)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2024.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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de Transparencia (http://gobiernoabierto.juntaex.es/), conforme al artículo 11 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Asimismo, serán objeto de
publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) de conformidad con
lo previsto en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Noveno. Criterios de otorgamiento de la subvención.
1. L
 os criterios de valoración a tener en cuenta, para establecer un orden de prelación, apli­
cándose el régimen de concurrencia competitiva, serán los siguientes:
1.1. N
 úmero de acciones cinegéticas de caza mayor colectiva por temporada de caza:


— 1 acción: 2 puntos.



— De dos a 5 acciones: 3 puntos.



— Más de 5 acciones: 5 puntos.

1.2. C
 apturas medias realizadas en las tres últimas temporadas de caza:


— Menos de 20 piezas de caza mayor: 5 puntos.



— Entre 21 y 40 piezas de caza mayor: 3 puntos.



— Más de 40 piezas de caza mayor: 1 punto.

1.3. P
 orcentaje de mujeres pertenecientes a la entidad de caza solicitante:


— Igual o superior al 10% e inferior al 20% :1 punto.



— Igual o superior al 20% e inferior al 30% :3 puntos.



— Igual o superior al 30%: 5 puntos.

2. E
 n caso de empate se otorgará prioridad a las entidades solicitantes que hayan justificado
haber ejecutado mayor porcentaje de actuaciones de caza mayor conforme a su Plan Téc­
nico de Caza colectiva, del siguiente modo:
1º Quienes hayan justificado el 100 % de las actuaciones obrantes en el Plan.
2º Quienes hayan justificado un porcentaje mayor al 50 % sin llegar a 100 % de las actua­
ciones obrantes en el Plan.