Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063950)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4 del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Aldehuela del Jerte. Expte.: IA23/461.
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NÚMERO 227

60088

Lunes 27 de noviembre de 2023

— La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que ha efectuado la consulta en el visor
del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), http://sig.mapama.
es/snczi/, obteniéndose la inexistencia de estudios oficiales relativos a cauces de dominio público hidráulico en el ámbito de actuación. No obstante, lo anterior y consultada
la cartografía oficial y la fotografía aérea disponible, se comprueba que, en el ámbito
de aplicación de la modificación puntual objeto de informe, se detecta la presencia de
un arroyo innominado a una distancia aproximada de 90 metros y, por tanto, parte de
los terrenos afectados por la modificación se encontrarían en zona de policía de cauces
públicos.
Con respecto al abastecimiento, se significa que el Ayuntamiento de Aldehuela de Jerte
no dispone de concesión de aguas para abastecimiento. No obstante, se está tramitando la solicitud de concesión de aguas subterráneas para abastecimiento a la población
C-0050/2023, por lo que se entiende que en la solicitud se han tenido en cuenta los
consumos generados por dichas instalaciones para el cálculo del volumen total demandado en la concesión que se encuentra en tramitación. En cuanto a las aguas residuales
procedentes del ámbito de aplicación de la modificación, según la documentación presentada, las instalaciones tienen conexión a la red municipal. No obstante, hay que señalar que el Ayuntamiento de Aldehuela de Jerte no dispone de autorización de vertido
de las aguas residuales procedentes del núcleo urbano.
Revisado el visor mencionado más arriba se detecta que los terrenos afectados por
la modificación objeto de informe se encuentran en la zona protegida por zona de
abastecimiento

superficial

denominada

“Ayuntamiento

de

Plasencia”

(Código:

ES030ZCCM0000003149) y recogida en el Registro de Zonas Protegidas del anexo 4 del
Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo. Además,
se ha podido comprobar que el ámbito se encuentra en el interior de zona regable y por
el límite suroccidental del mismo discurre la acequia secundaria A-V-29-2 del Sector V
de la margen izquierda, infraestructura de riego gestionada por este organismo.
Asimismo, el municipio se encuentra en el área de captación del embalse de Alcántara II.
El embalse fue declarado zona sensible mediante Resolución de 6 de febrero de 2019,
de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se declaran zonas sensibles en
las cuencas intercomunitarias, publicada en el BOE el miércoles 20 de febrero de 2019
con número 44.
Con los datos actuales, desde este organismo se realizan las siguientes indicaciones
para la resolución del trámite ambiental, aunque se significa que se deberán definir las
actuaciones concretas que se van a derivar de esta modificación en el momento en que