Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063977)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER en Extremadura en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el marco de las ayudas imputables tanto a medidas del PDR de Extremadura 2014-2022, como a intervenciones de Desarrollo Rural incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

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designación de Organismo Pagador, y la Intervención General de la Junta de Extremadura,
el Órgano de Certificación, al venir desarrollando estas competencias respecto a los fondos
FEADER y FEAGA en el periodo 2014-2022, según el Decreto 299/2015, de 27 de noviembre,
por el que se designa y establece la organización y funcionamiento del Organismo Pagador
de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 233, de 3/12/2015).
Por razones de seguridad jurídica, con fecha 25 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 4/2023, de 20 de enero, por el que se regula la estructura de
gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a efectos de recoger adecuadamente las funciones atribuidas a
dichos órganos por el Real Decreto de Gobernanza y el Reglamento (UE) 2021/2116.
El Decreto 4/2023 tiene por objeto establecer la estructura de gobernanza del Plan Estraté­
gico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
haciendo la designación de autoridades y atribución de funciones en el marco del Plan Es­
tratégico de la Política Agrícola Común en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parla­
mento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021.
En él se designan las siguientes autoridades de gestión:
1. A
 utoridad regional de gestión del PEPAC: La Consejería competente en materia de agricultura es la Autoridad Regional de gestión del PEPAC, y será responsable de la ejecución del
PEPAC en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Ejercerá las funciones
establecidas en el artículo 123.2 del Reglamento (UE) 2021/2115 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2.
del Real Decreto de Gobernanza, y en coordinación con la Autoridad regional de gestión de
FEADER, en lo relativo a las interven­ciones financiadas con fondos FEADER. Asimismo, de
conformidad con el artículo 4 del Real Decreto de Gobernanza, participará en representación de la Comunidad Autónoma en el Órgano de coordinación del PEPAC, y, de igual forma,
con base en el artículo 7 de la citada norma, ejercerá dicha representación en el Órgano de
coordinación del Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura (SCIA).
2. A
 utoridad Regional de gestión de FEADER: La Consejería competente en materia de Hacienda, a través de la Dirección General con competencias en materia de fondos europeos,
ejercerá las funciones establecidas en los artículos 123.2 y 86.4 del Reglamento (UE)
2021/2115, en relación con la programación, gestión, evaluación y seguimiento de las intervenciones del PEPAC financiadas con fondos FEADER, y en coordinación con la Autoridad
Regional de gestión del PEPAC.