Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063977)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER en Extremadura en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el marco de las ayudas imputables tanto a medidas del PDR de Extremadura 2014-2022, como a intervenciones de Desarrollo Rural incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

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El artículo 3 del Decreto 299/2015, designa a la Consejería competente en materia de agricultura como Organismo Pagador, que ejercerá las funciones previstas en el Reglamen­to (UE)
2021/2116. En particular, se le asignan, entre otras, las funciones de autorización y control de
los pagos, que tienen por finalidad determinar si el importe que debe abonarse al beneficiario
es conforme con la normativa de la Unión. La autorización de los pagos incluirá la realización
de los controles, administrativos y sobre el terreno, prescritos en cada intervención, así como
la custodia de la documentación justificativa en base a la que se haya efectuado el pago, a
fin de que pueda ser inspeccionada por la Auditoría Interna del Organismo Pagador, por el
Órgano de Certificación y por los funcionarios bajo mandato de la Unión. El citado decreto, en
su artículo 5, establece que la autorización y control de los pagos corresponderá a cada uno
de los Servicios responsables de la gestión de las actuaciones del FEADER.
El artículo 7 del precitado decreto prevé, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 apartado 1 del Reglamento (UE) 2021/2116, que podrá delegarse la función de autorización y control de los pagos en Servicios responsables de la gestión de las actuaciones FEADER que no
pertenezcan a la estructura orgánica de la Consejería competente en materia de agricultura,
siempre que dicha delegación se realice en los términos del anexo I, punto 1, apartado D) del
Reglamento Delegado (UE) 2022/127 y en el resto de normativa que resulte de aplicación.
Así, entre las intervenciones de desarrollo rural que se incluyen en el Plan Estratégico de la
PAC 2023-2027 se contemplan algunas actuaciones directamente relacionadas con el ejercicio de las competencias que el Decreto 77/2023, de 21 de julio, atribuye a la Consejería de
Gestión Forestal y Mundo Rural. Concretamente aquellas que se prevén imputar dentro de las
siguientes intervenciones:
• Respecto de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca:
- 6502.1 Compromisos Forestales de Gestión.
- 65052

Ayudas para la conservación y para el uso y desarrollo sostenibles de los recursos
genéticos en la agricultura.

- 6871

Inversiones no productivas en servicios básicos en el medio rural.

- 6881.1

Inversiones forestales no productivas en repoblación forestal y sistemas
agroforestales.

- 6881.2 Inversiones forestales prevención de daños forestales.
- 6881.3 Inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales.
- 6881.4

Inversiones forestales no productivas en otras actuaciones silvícolas con
objetivos ambientales.