Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063977)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER en Extremadura en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el marco de las ayudas imputables tanto a medidas del PDR de Extremadura 2014-2022, como a intervenciones de Desarrollo Rural incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

59560

Estos controles habrán de documentarse en el correspondiente informe de control a posteriori, que será rubricado por el personal técnico adscrito a cada uno de los Órganos
Delegados gestores de las operaciones, y supervisado por un segundo funcionario, según
el modelo que figura como anexo V del presente acuerdo. Los controladores deberán disponer de unas instrucciones escritas que recojan el modo de proceder en cada una de las
posibles situaciones que se presenten.
El procedimiento de selección aplicado por el órgano delegado deberá plasmarse por escrito en el correspondiente Plan de Control Anual y basarse en un análisis de los riesgos y
del impacto financiero de las diferentes operaciones, tipos de operaciones o medidas. De
conformidad con lo establecido en los reglamentos comunitarios, entre el 20% y el 25%
de la muestra deberá seleccionarse de manera aleatoria y el resto utilizando los criterios
de riesgo específicos que se definan. Adicionalmente, se podrán realizar controles dirigidos
cuando por razones fundadas se considere oportuno y teniendo en cuenta que dichos controles no computan en el porcentaje de control obligatorio.
El ámbito de aplicación de esta delegación se extiende a todas aquellas operaciones susceptibles de imputación al PDR de Extremadura 2014-2022, con independencia del período
al que se extienda el mantenimiento de los compromisos a que estas operaciones estén
sujetas según el artículo 71 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013. Esto es, los Órganos
Delegados asumirán la realización del muestreo y la ejecución material de los controles a
posteriori respecto de las dichas operaciones, aún concluida la vigencia del programa.
4. L
 a selección de la muestra y la realización de los controles de calidad de aquellas operaciones que, habiendo percibido financiación con cargo al PDR 2014-2022, deban ser objeto
de control de calidad para verificar la correcta ejecución de los controles sobre el terreno
y a posteriori.
Para comprobar la correcta ejecución de los controles sobre el terreno y a posteriori, el
Organismo Pagador debe realizar, en base a un procedimiento establecido y una planificación previa, comprobaciones sobre los controles referidos. Respecto de las operaciones
imputables al PDR de Extremadura 2014-2022, en virtud del presente acuerdo, serán los
Órganos Delegados, en el marco de las operaciones que les corresponde gestionar, quienes
asuman la realización de los mismos.
Dichas comprobaciones deben realizarse por personas distintas de las que llevaron a cabo
el control correspondiente, debiendo existir entre ambas independencia jerárquica y separación de funciones, para lo cual se dictarán las instrucciones precisas entre los órganos
delegados.