Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063949)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, en relación con aquellas intervenciones del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 que tengan como beneficiario al Organismo Pagador, o a alguna Dirección General que no pertenezca a la estructura de la Consejería competente en materia de agricultura.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

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dos, para aquellas actuaciones en las que el propio Organismo Pagador o alguna Dirección
general que no pertenezca a la estructura de la Consejería competente en materia de agricultura figuren como beneficiario.
Este extremo permite al Organismo Pagador acreditar, como ya lo viene haciendo hasta
ahora, lo establecido en el anexo I, punto 1 apartado D) del Reglamento Delegado (UE)
2022/127, en cuanto a la necesidad del Organismo Pagador de cerciorarse de que el órgano delegado cuenta con sistemas eficaces para garantizar el cumplimiento de sus tareas
de forma satisfactoria.
Abundando en la cuestión de los sistemas eficaces para el cumplimiento de las tareas,
mencionar que a la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos le
corresponde, en el ámbito de las atribuciones del artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que
se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, respecto al área de Fondos Europeos, la elaboración, coordinación
y seguimiento presupuestario de las formas de intervención cofinanciadas con los fondos
de la Unión Europea, tanto los estructurales y los de cohesión como otros instrumentos
financieros no estructurales establecidos por la Unión Europea, a excepción del FEAGA,
en coordinación con los diferentes departamentos de la Comunidad Autónoma, así como
las labores de información, asesoramiento y difusión en materias relacionadas con dichos
Fondos.
En virtud de todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el nombramiento como Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, mediante el
Decreto de la Presidenta 19/2023, de 20 de julio, asumiendo las funciones de Directora del
Organismo Pagador atribuidas por el artículo 5.1 del Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, y de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por
el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con los fondos
europeos agrícolas, FEAGA y FEADER; en virtud de las facultades que se me confieren
para ello conforme con lo establecido en los artículos 72.5 y 73 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de Extremadura y una vez emitido informe
favorable con fecha 14 de noviembre de 2023 por la Consejera de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO:
Primero. Delegar expresamente en la persona titular de la Dirección General de Financiación
Autonómica y Fondos Europeos, para todas aquellas operaciones susceptibles de imputación a