Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063949)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, en relación con aquellas intervenciones del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 que tengan como beneficiario al Organismo Pagador, o a alguna Dirección General que no pertenezca a la estructura de la Consejería competente en materia de agricultura.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

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FEADER y FEAGA en el periodo 2014-2022, según el Decreto 299/2015, de 27 de noviembre,
por el que se designa y establece la organización y funcionamiento del Organismo Pagador
de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 233, de 3/12/2015).
Por razones de seguridad jurídica, con fecha 25 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 4/2023, de 20 de enero, por el que se regula la estructura de
gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad
Autónoma de Extremadura a efectos de recoger adecuadamente las funciones atribuidas a
dichos órganos por el Real Decreto de Gobernanza y el Reglamento (UE) 2021/2116.
Este decreto tiene por objeto establecer la estructura de gobernanza del Plan Estraté­gico de
la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, haciendo
la designación de autoridades y atribución de funciones en el marco del Plan Es­tratégico de la
Política Agrícola Común en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parla­mento Europeo y
del Consejo de 2 de diciembre de 2021.
En él se designan las siguientes autoridades de gestión:
1. A
 utoridad regional de gestión del PEPAC: Se designa a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible como tal.
Será responsable de la ejecución del PEPAC en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Ejercerá las funciones establecidas en el artículo 123.2 del Reglamento (UE)
2021/2115 en el ámbito de la región, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2.
del Real Decreto de Gobernanza, y en coordinación con la Autoridad regional de gestión
de FEADER, en lo relativo a las interven­ciones financiadas con fondos FEADER. Asimismo,
de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto de Gobernanza precitado, participará en
representación de la Comunidad Autónoma en el Órgano de coordinación del PEPAC, y, de
igual forma, con base en el artículo 7 de la citada norma, ejercerá dicha representación
en el Órgano de coordinación del Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura
(SCIA).
2. A
 utoridad Regional de gestión de FEADER: La Consejería de Hacienda y Administración
Pública, a través de la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos,
ejercerá las funciones establecidas en los artículos 123.2 y 86.4 del Reglamento (UE)
2021/2115, en relación con la programación, gestión, evaluación y seguimiento de las intervenciones del PEPAC financiadas con fondos FEADER, y en coordinación con la Autoridad
Regional de gestión del PEPAC. Participará, además, en representación de la Comunidad