Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063917)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Alojamiento de turismo rural", cuya promotora es Lucía Herrero de la Fuente, en el término municipal de Eljas (Cáceres). Expte.: IA22/1854.
25 páginas totales
Página
NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

59196

con la regeneración de la cubierta vegetal por lo tanto se informaría favorablemente
las actividades planteadas desde el punto de vista forestal, siempre que se cumpla lo
siguiente:


• El único acceso permitido sería desde el camino cementado que está en Monte de
Utilidad Pública.



• El camino utilizado en los recintos 4 y 1 para llegar a la casa rural no se especifica en
el proyecto presentado, pero debe cumplir que no se elimine ningún pie forestal.



• No arrancar vegetación natural, tan solo 3 olivos muy débiles cultivados en la finca
según documento presentado.



• Según Decreto 86/2006, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Prevención
de Incendios Forestales de la CCAA de Extremadura (Plan PREIFEX), las casas aisladas y urbanizaciones deberán poseer una franja desbrozada a su alrededor como
mínimo de 3 metros de anchura de cualquier pie arbóreo y la masa arbórea que se
mantendrá aclarada y podada, es decir no construir ninguna infraestructura a menos
de 3 metros de distancia de ningún árbol.



• Se recomienda incluir en las Normas de Uso del alojamiento en fase de funcionamiento, unas medidas correctoras en el manejo de parrillas/barbacoa (épocas y normativas de prevención de incendios) y manejo de chimenea (fundamentalmente manejo
de brasas).



• En los terrenos forestales se tiene que dar cumplimiento con lo estipulado en la Ley
43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones posteriores, en el Título VII de la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, así como el Decreto134/2019, de 3
de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.



• Las obras e instalaciones se ajustarán a los documentos y planos que figuran en el
expediente.



• No se realizarán vertidos de residuos tóxicos y peligrosos (aceites usados, combustible, etc.).



• El promotor será responsable de los daños y perjuicios que, por deficiencia en las
obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables, se
ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes.