Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063887)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación EPE y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D para la automatización de tareas y procesos en sistemas de robotización quirúrgica, según modelo normalizado.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

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Esta Comisión fijará sus propias normas internas de funcionamiento, dentro del marco dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público (en adelante, LRJSP), debiendo reunirse con la periodicidad que la misma
establezca, inicialmente con carácter ordinario al menos semestralmente dos veces al año o,
de forma extraordinaria, cuando lo solicite justificadamente cualquiera de las partes.
De cada sesión se levantará acta, que especificará necesariamente los asistentes, el orden
del día de la reunión, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de
los acuerdos adoptados. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad de sus miembros y serán
efectivos desde la aprobación del acta. El acta será firmada por los representantes de cada
una de las partes.
Octava. Confidencialidad de la información.
La información que las partes se entreguen para el desarrollo del presente Convenio tendrá
carácter confidencial, a menos que las mismas acuerden lo contrario o que obligaciones legales o regulatorias y/o acuerdos con terceros lo impidan. Mantendrá dicho carácter confidencial
incluso una vez rescindido el Convenio.
Cada una de las partes se compromete a guardar la más absoluta confidencialidad, secreto
profesional y reserva de todos los datos e informaciones intercambiados, así como de la documentación derivada que pudiera generarse.
El carácter confidencial de la información intercambiada implica la prohibición de realizar
cualquier acción con una finalidad distinta a la del presente Convenio, especialmente en los
documentos, informaciones, etc., que pudieran hallarse protegidos por derechos de propiedad
industrial y/o intelectual, o informaciones estratégicas o de especial sensibilidad.
Asimismo, dicho carácter confidencial implica tratar la referida información de acuerdo al nivel
de confidencialidad y de criticidad de la misma, y a tal fin, aplicar las medidas suficientes de
protección física, lógica y de cualquier otra índole necesarias y una vez finalizado el objeto
del presente Convenio, conservar o destruir la información siguiendo los procedimientos de
seguridad de la información establecidos por cada parte.
En caso de cesión o acceso por terceros deberá informarse del carácter confidencial de la información cedida/accedida y de las medidas e implicaciones de esta calificación.