Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063871)
Resolución de 11 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Transformación en riego por goteo de rotación cereales y hortícolas en la finca "Los Ahogos", sobre una superficie total de 36,4156 ha", en el término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyo promotor es Enrique Falcó Carrión. Expte.: IA22/0506.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 222
Lunes 20 de noviembre de 2023
58883
a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras,
se deberán llevar a cabo las siguientes medidas preventivas, con anterioridad a la ejecución de las obras:
Será obligatorio que el Proyecto de Ejecución Definitivo incluya el informe con las medidas determinadas por la DG Bibliotecas, Museos y de Patrimonio Histórico Cultural elaboradas a partir de los resultados de una prospección arqueológica intensiva que será
llevada a cabo sobre el área de actuación. Ésta, deberá ser llevada a cabo por técnicos
especializados en toda la zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas
de paso para maquinaria, acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar
los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran
localizarse a tenor de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones previas será
determinar con el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos
patrimoniales detectados.
3.3.7. Infraestructuras y bienes materiales.
La superficie de riego se ubica fuera de la zona Regable Montijo, aunque adyacente al
canal de Montijo, del cual se abastece a través de una captación superficial. Deberán
respetarse todas las infraestructuras de regadío, así como sus zonas expropiadas.
Con fechas 10/11/2021 y 17/11/2021, la Comunidad General de Usuarios del Canal de
Montijo y la Dirección Técnica de este Organismo de cuenca, respectivamente, emitieron informe relativo al proyecto de riego.
3.3.8. Consumo de recursos y cambio climático.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola anual, se
generará un impacto positivo frente al cambio climático, al presentarse la vegetación
fijadora de gases de efecto invernadero durante la mayor parte del año.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido es el agua.
Las aguas superficiales para el riego proceden del Canal de Montijo, dentro del Sistema
de Explotación Central, definido en el artículo 2 y el apéndice 2 de las disposiciones
normativas del plan.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana informa sobre la existencia o inexistencia
de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas y sobre la
compatibilidad de la solicitud con el Plan Hidrológico de cuenca. En la actuación de
referencia, la OPH informa que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico de
Lunes 20 de noviembre de 2023
58883
a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras,
se deberán llevar a cabo las siguientes medidas preventivas, con anterioridad a la ejecución de las obras:
Será obligatorio que el Proyecto de Ejecución Definitivo incluya el informe con las medidas determinadas por la DG Bibliotecas, Museos y de Patrimonio Histórico Cultural elaboradas a partir de los resultados de una prospección arqueológica intensiva que será
llevada a cabo sobre el área de actuación. Ésta, deberá ser llevada a cabo por técnicos
especializados en toda la zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas
de paso para maquinaria, acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar
los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran
localizarse a tenor de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones previas será
determinar con el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos
patrimoniales detectados.
3.3.7. Infraestructuras y bienes materiales.
La superficie de riego se ubica fuera de la zona Regable Montijo, aunque adyacente al
canal de Montijo, del cual se abastece a través de una captación superficial. Deberán
respetarse todas las infraestructuras de regadío, así como sus zonas expropiadas.
Con fechas 10/11/2021 y 17/11/2021, la Comunidad General de Usuarios del Canal de
Montijo y la Dirección Técnica de este Organismo de cuenca, respectivamente, emitieron informe relativo al proyecto de riego.
3.3.8. Consumo de recursos y cambio climático.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola anual, se
generará un impacto positivo frente al cambio climático, al presentarse la vegetación
fijadora de gases de efecto invernadero durante la mayor parte del año.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido es el agua.
Las aguas superficiales para el riego proceden del Canal de Montijo, dentro del Sistema
de Explotación Central, definido en el artículo 2 y el apéndice 2 de las disposiciones
normativas del plan.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana informa sobre la existencia o inexistencia
de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas y sobre la
compatibilidad de la solicitud con el Plan Hidrológico de cuenca. En la actuación de
referencia, la OPH informa que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico de