Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063871)
Resolución de 11 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Transformación en riego por goteo de rotación cereales y hortícolas en la finca "Los Ahogos", sobre una superficie total de 36,4156 ha", en el término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyo promotor es Enrique Falcó Carrión. Expte.: IA22/0506.
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NÚMERO 222
Lunes 20 de noviembre de 2023
58882
3.3.4. Fauna, vegetación y hábitats naturales.
El informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
indica que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
presente informe.
En cuanto a los impactos generados en la fase de explotación, podrán ser mitigados
y considerados compatibles siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al
efecto en el presente informe técnico, así como las indicadas en el documento ambiental.
3.3.5. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La actividad agrícola es una actividad con considerablemente baja capacidad de afección a la calidad del aire, sobre todo en relación a cualquier tipo de actividad industrial,
y más aún en la comunidad extremeña en la cual el nivel de calidad del aire es muy elevado. A pesar del desarrollo agrícola la calidad del aire no se ha resentido en la región.
Se espera una afección negativa nula o prácticamente nula derivada del proyecto que
nos ocupa, ya que no se va a generar ningún tipo de gas o partícula contaminante, y se
desarrollarán medidas correctoras y compensatorias para que el riesgo de impacto sea
totalmente cero. No obstante, deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto
incorporadas en el presente informe técnico, así como las incluidas en el documento
ambiental.
3.3.6. Patrimonio arqueológico.
Habiendo sido analizada el área de afección de dicho proyecto por los técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, se ha podido comprobar
que según la documentación existente en ese organismo el proyecto se ejecuta en las
cercanías de yacimientos del Patrimonio Arqueológico conocido, a saber:
— Gévora 1 (paleolítico, Terraza) YAC82158.
— Gévora 2 (paleolítico, Terraza) YAC82161.
— Gévora 3 (paleolítico, Terraza) YAC82139.
— Aisladas 1, 2, 4, 5 (paleolítico, Terraza) YAC82142.
Es por ello por lo que el informe emitido por la DGBAPC recomienda que dada la cercanía de la instalación respecto a varios elementos de naturaleza arqueológica y de cara
Lunes 20 de noviembre de 2023
58882
3.3.4. Fauna, vegetación y hábitats naturales.
El informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
indica que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
presente informe.
En cuanto a los impactos generados en la fase de explotación, podrán ser mitigados
y considerados compatibles siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al
efecto en el presente informe técnico, así como las indicadas en el documento ambiental.
3.3.5. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La actividad agrícola es una actividad con considerablemente baja capacidad de afección a la calidad del aire, sobre todo en relación a cualquier tipo de actividad industrial,
y más aún en la comunidad extremeña en la cual el nivel de calidad del aire es muy elevado. A pesar del desarrollo agrícola la calidad del aire no se ha resentido en la región.
Se espera una afección negativa nula o prácticamente nula derivada del proyecto que
nos ocupa, ya que no se va a generar ningún tipo de gas o partícula contaminante, y se
desarrollarán medidas correctoras y compensatorias para que el riesgo de impacto sea
totalmente cero. No obstante, deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto
incorporadas en el presente informe técnico, así como las incluidas en el documento
ambiental.
3.3.6. Patrimonio arqueológico.
Habiendo sido analizada el área de afección de dicho proyecto por los técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, se ha podido comprobar
que según la documentación existente en ese organismo el proyecto se ejecuta en las
cercanías de yacimientos del Patrimonio Arqueológico conocido, a saber:
— Gévora 1 (paleolítico, Terraza) YAC82158.
— Gévora 2 (paleolítico, Terraza) YAC82161.
— Gévora 3 (paleolítico, Terraza) YAC82139.
— Aisladas 1, 2, 4, 5 (paleolítico, Terraza) YAC82142.
Es por ello por lo que el informe emitido por la DGBAPC recomienda que dada la cercanía de la instalación respecto a varios elementos de naturaleza arqueológica y de cara