Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063913)
Resolución de 11 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de ampliación de una fábrica de fertilizantes y abonos agrícolas, promovido por Fertiex, SL, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 222
Lunes 20 de noviembre de 2023

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deberá encontrarse accesible en todo momento para su inspección por parte de las autoridades competentes, permitiendo muestras representativas del vertido y aforo de sus caudales.
18. L
 a información relativa a los análisis de parámetros de vertido y caudales evacuados al
saneamiento municipal deberá estar disponible en cualquier momento para su examen
por la DGS y el Ayuntamiento de Don Benito.
19. C
 on independencia de los controles referidos en los apartados anteriores, los organismos
competentes podrán efectuar cuantos análisis e inspecciones estimen convenientes para
comprobar las características del vertido que se estuviese produciendo y el rendimiento y
funcionamiento de las instalaciones de evacuación.
Balsa:
20. S
 e deberá inspeccionar detalladamente el estado del sistema de impermeabilización por
personal técnico competente, el cual emitirá anualmente el pertinente certificado sobre
el resultado de la inspección. Sin perjuicio de lo anterior, se deberán inspeccionar las
arquetas testigo de fugas como medida de control del estado del sistema de impermeabilización.
21. E
 l sistema de impermeabilización dispuesto deberá ser sustituido completamente con
antelación al cumplimiento del plazo de durabilidad garantizado por el técnico proyectista
o como resultado de la inspección anual realizada por el profesional cualificado. A efectos
del primer caso, el titular de la balsa tomará en consideración el certificado de garantía
(expresado en términos de vida útil del sistema impermeabilizante proyectado para la
balsa) que habrá de emitir el técnico proyectista.
22. E
 n el caso de detectarse cualquier desperfecto o deficiencia en el sistema de impermeabilización de la balsa, no podrá evacuarse agua residual a la misma hasta que no se proceda
a reparar o subsanar adecuadamente dichas anomalías.
23. L
 a balsa debe contar con dos piezómetros de control con profundidad suficiente capaz de
detectar las subidas y bajadas del nivel freático; ubicados en el perímetro del emplazamiento de la balsa, y teniendo en cuenta la proximidad a la zona donde se detectó el nivel
freático a una profundidad de 7,5 m aproximadamente.
24. Los piezómetros deben estar revestidos mediante un tubo rasurado para poder llevar a cabo
el control del nivel freático en ambos puntos. También contarán con una arqueta o tapa de
registro para evitar la obstrucción de los mismos y la entrada de aguas superficiales.
25. S
 e llevará un control mensual de la presencia o no de nivel freático en los piezómetros
instalados, llevando a cabo un registro de la profundidad del agua freática. Si durante un