Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063866)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de construcción de una planta para tratamiento de FORS, cuya titular es la Dirección General de Sostenibilidad, en el término municipal de Llerena (Badajoz).
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NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023

58691

de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Habiéndose acordado la abstención del Director General de Sostenibilidad en este procedimiento, será suplido por la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible.
Segundo. El proyecto consiste en la construcción de una planta para tratamiento de FORS
con una capacidad de entrada de FORS de 3.000 tn/año. Esta actividad está incluida en el
ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en las categorías 9.1, 9.3 y 9.4.b del anexo II
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a “Instalaciones para la valorización o eliminación,
en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I”,
“Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter
previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios” e “Instalaciones para la
eliminación, distinta a la incineración y coincineración, o el aprovechamiento de sandach, no
incluidas en el anexo I”.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la citada ley.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por suplencia
la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de la Dirección General de Sostenibilidad
para la construcción de una planta para tratamiento de FORS, en Llerena (Badajoz), a los
efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado ambiental fijado en la presente resolución y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a esta autorización, sin perjuicio de las prescripciones
de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º
de expediente de la autorización es el AAU23/042.