Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063866)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de construcción de una planta para tratamiento de FORS, cuya titular es la Dirección General de Sostenibilidad, en el término municipal de Llerena (Badajoz).
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NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023

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No se ha recibido informe sobre el proyecto y actividad.
Sexto. El proyecto se encuentra sometido al procedimiento evaluación de impacto ambiental simplificada, al encuadrarse en el Grupo 9. “Otros proyectos.” epígrafe e) “Instalaciones
destinadas a la valorización de residuos (incluyendo el almacenamiento fuera del lugar de
producción) que no se desarrollen en el interior de una nave en polígono industrial excluidas
las instalaciones de residuos no peligrosos cuya capacidad de tratamiento no supere las 5.000
t anuales y de almacenamiento inferior a 100 t.” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El procedimiento
de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto de referencia se ha tramitado
con número de expediente IA23/0376. Como anexo II de la presente resolución se incluye la
resolución de 12 de junio de 2023 de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras
Hidráulicas por la que se formula informe de impacto ambiental para este proyecto.
Séptimo. Para dar cumplimiento al artículo 16.7 de la Ley 16/2015, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, la DGS se dirige al Ayuntamiento de Llerena, mediante escrito
registrado de salida con fecha 12 de julio de 2023, con objeto de notificar el contenido de la
propuesta de resolución de la autorización ambiental unificada solicitada, a fin de que manifieste lo que tenga por conveniente respecto a su contenido. A fecha de 28 de julio de 2023
tiene entrada por registro la respuesta del ayuntamiento a la propuesta de resolución, dicha
respuesta se ha tenido en cuenta.
Octavo. El 24 de octubre de 2023 el Director General de Sostenibilidad solicitó a la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible que aceptara su abstención en este
procedimiento al considerar que, siendo la Dirección General la promotora de este proyecto
y recayendo también en esta Dirección General la competencia para conceder la autorización
ambiental unificada al mismo, se producía un conflicto de intereses. La Consejera aceptó la
abstención solicitada mediante resolución de 31 de octubre de 2023, en la que se designó a
la titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible como sustituta para la tramitación y resolución del expediente, de conformidad con lo
previsto en el apartado quinto de la Resolución de 17 de agosto de 2023, por la que se regula
el régimen de suplencia de los titulares de los órganos directivos de la Consejería.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 7.1
del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica