Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063856)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Plan de sostenibilidad turística en destino del Valle del Alagón" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023

58574

4. A
 simismo, no se considerarán costes financiables, los englobados en los siguientes conceptos:
1) A
 utorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas
y tasas.
2) C
 ualesquiera gastos asociados a gestiones, contrataciones, consultas o trámites administrativos, aun siendo necesarios para la obtención de permisos o licencias.
3) L
 os gastos recurrentes o estructurales, y en particular los gastos de personal de las
Administraciones Públicas, toda vez que el artículo 5 del Reglamento MRR dispone que
“la ayuda del Mecanismo no sustituirá, excepto en casos debidamente justificados, a los
gastos presupuestarios nacionales ordinarios”.
4) S
 eguros suscritos por el solicitante.
5) L
 a vigilancia y seguridad durante la ejecución de la obra hasta la fecha de puesta en
marcha.
6) C
 ualesquiera costes financieros.
7) C
 ostes asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales.
8) L
 icencias destinadas a sistemas operativos y aplicaciones ofimáticas.
9) C
 ualquier gasto de operación y mantenimiento de las actuaciones o gastos propios de
la administración.
10) Los proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de “no causar un perjuicio
significativo” en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo 18 del junio de 2020.
5. E
 n las actuaciones que implique rehabilitación, equipamientos e infraestructuras, estarán
obligados a respetar el principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant harm-DNSH).
• Para prevención y el control de la contaminación: realizar una evaluación de impacto
ambiental de cada una de las inversiones de la medida de acuerdo con la Directiva de la
EIA y la normativa de evaluación de impacto ambiental que corresponda (autonómica o
nacional), y se identificarán e incluirán en el diseño de cada proyecto todas las medidas