Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063856)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Plan de sostenibilidad turística en destino del Valle del Alagón" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023
58575
de mitigación necesarias para la prevención y el control de la contaminación del suelo y
del agua.
Los componentes y materiales de construcción que se utilicen no contendrán amianto
ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la lista de sustancias
sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006 del
Parlamento Europeo y del Consejo.
Los componentes y materiales de construcción utilizados que puedan entrar en contacto con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m3 de material o
componente y menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de
categorías 1A y 1B por m3 de material o componente, previa prueba de acuerdo con
CEN/TS 16516 o ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos
de determinación comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el
polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente
en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
• Para la prevención y control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en
áreas sensibles a la biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios
del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como otras
áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículo 6 (3)
y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando
sea preceptivo, se llevará a cabo una evaluación de impacto ambiental (EIA).
• Para la mitigación del cambio climático: en la rehabilitación de edificios se tendrá en
consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia
energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo,
permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.
• Para adaptación al cambio climático: las medidas de rehabilitación permitirán contribuir
a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y
su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de cubiertas
vegetales, toldos, zonas de sombreado, etc.
• Para la transición a una economía circular: al menos el 70 % (en peso) de los residuos
de construcción y demolición no peligrosos generados, en las actuaciones previstas, será
Viernes 17 de noviembre de 2023
58575
de mitigación necesarias para la prevención y el control de la contaminación del suelo y
del agua.
Los componentes y materiales de construcción que se utilicen no contendrán amianto
ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la lista de sustancias
sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006 del
Parlamento Europeo y del Consejo.
Los componentes y materiales de construcción utilizados que puedan entrar en contacto con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m3 de material o
componente y menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de
categorías 1A y 1B por m3 de material o componente, previa prueba de acuerdo con
CEN/TS 16516 o ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos
de determinación comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el
polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente
en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
• Para la prevención y control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en
áreas sensibles a la biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios
del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como otras
áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículo 6 (3)
y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando
sea preceptivo, se llevará a cabo una evaluación de impacto ambiental (EIA).
• Para la mitigación del cambio climático: en la rehabilitación de edificios se tendrá en
consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia
energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo,
permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.
• Para adaptación al cambio climático: las medidas de rehabilitación permitirán contribuir
a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y
su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de cubiertas
vegetales, toldos, zonas de sombreado, etc.
• Para la transición a una economía circular: al menos el 70 % (en peso) de los residuos
de construcción y demolición no peligrosos generados, en las actuaciones previstas, será