Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063844)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Puesta en riego por goteo de 78,31 ha de olivar en la finca "El Carrasquillo"", en el término municipal de Almoharín (Cáceres). Expte.: IA22/1090.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023



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3.3.8. Patrimonio arqueológico.

Tal y como se indicó con anterioridad en el presente informe, respecto a la posibilidad
de aparición de elementos con valor patrimonial y/o arqueológico, corresponde a la
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural velar por su adecuada
protección, quién establece una serie de medidas incluidas en el Informe de la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.


3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.

Deberá el promotor del proyecto contar con las preceptivas autorizaciones y/o permisos preceptivos de los titulares del resto de infraestructuras viarias que pudieran verse
afectadas por cruzamientos de la red de riego, y de manera particular, los terrenos
afectados por la tubería de toma de agua del Canal de Orellana hacia la balsa de almacenamiento prevista.


3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.

La fase de construcción supondrá un efecto directo, puntual y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma temporal,
serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola leñoso,
se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la actividad proyectada es el agua. Como ya se indicado en el presente
informe, el consumo de agua previsto para riego será reducido, consecuencia del planteamiento por el promotor de un sistema de riegos por goteo.
Los riegos deberán adaptarse a las necesidades hídricas de los cultivos y a la disponibilidad del recurso hídrico. Se deberá llevar a cabo un uso eficiente y racional del recurso
hídrico solicitado, en función de las necesidades reales del cultivo y las condiciones
meteorológicas en cada campaña de riego.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre
concesión de aguas superficiales ya autorizada (CONC 2/19), la cual deberá tener en
cuenta el condicionado establecido en el presente informe.