Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063844)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Puesta en riego por goteo de 78,31 ha de olivar en la finca "El Carrasquillo"", en el término municipal de Almoharín (Cáceres). Expte.: IA22/1090.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023
58399
Como Alternativa 3, se valora el desarrollo previsto del proyecto, con la implantación
de cultivos leñosos en regadío. No se afectaría de ninguna manera los pies de encina
y/o alcornoques presentes en la zona, respetándose el área de sus copas, dejando un
radio de 8 m sin cultivar ni laborear. Con la plantación pretendida se utilizará una técnica de mantenimiento con cubierta vegetal abonada en verde, con el desbroce de la
hierba natural emergente. Esta tendrá una elevada rentabilidad, una afección al medio
limitada y aprovechará el agua disponible. Además, será positiva para el promotor y
para la actividad económica de la zona (mano de obra para labores y cosecha, para la
agroindustria local, entre otras).
De las alternativas estudiadas, se considera la alternativa 3 como la mejor, al considerar el promotor que se lograr un triple equilibrio entre calidad, rentabilidad y protección
ambiental. En este sentido considera que se logra: un incremento destacable de la producción, el mantenimiento de un cultivo tradicional respetuoso con el medio ambiente,
la creación de puestos de trabajo tanto durante la fase de ejecución como durante la de
producción, un eficiente aprovechamiento del agua disponible y de los recursos agrícolas del promotor, beneficios para la agroindustria de la zona y las empresas locales por
el consumo de insumos, el incremento del valor de las tierras y el aprovechamiento de
las inversiones ya realizadas.
3.3. Características del potencial impacto.
3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La zona de actuación no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000
ni dentro de otras Áreas Protegidas de Extremadura (Ley 8/1998, de 26 de junio, de
conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura).
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN23/0685) la actividad solicitada,
no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
propio informe.
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El Área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana, fuera de la zona
regable, aunque se abastece de una toma directa del Canal de Orellana ya autorizada,
y también fuera de cualquier área de riesgo potencial significativo de inundación (ARPSI). Por el interior de las parcelas discurren varios arroyos. Cualquier actuación que se
realice en el Dominio Público Hidráulico (DPH) deberá contar con la preceptiva y previa
Jueves 16 de noviembre de 2023
58399
Como Alternativa 3, se valora el desarrollo previsto del proyecto, con la implantación
de cultivos leñosos en regadío. No se afectaría de ninguna manera los pies de encina
y/o alcornoques presentes en la zona, respetándose el área de sus copas, dejando un
radio de 8 m sin cultivar ni laborear. Con la plantación pretendida se utilizará una técnica de mantenimiento con cubierta vegetal abonada en verde, con el desbroce de la
hierba natural emergente. Esta tendrá una elevada rentabilidad, una afección al medio
limitada y aprovechará el agua disponible. Además, será positiva para el promotor y
para la actividad económica de la zona (mano de obra para labores y cosecha, para la
agroindustria local, entre otras).
De las alternativas estudiadas, se considera la alternativa 3 como la mejor, al considerar el promotor que se lograr un triple equilibrio entre calidad, rentabilidad y protección
ambiental. En este sentido considera que se logra: un incremento destacable de la producción, el mantenimiento de un cultivo tradicional respetuoso con el medio ambiente,
la creación de puestos de trabajo tanto durante la fase de ejecución como durante la de
producción, un eficiente aprovechamiento del agua disponible y de los recursos agrícolas del promotor, beneficios para la agroindustria de la zona y las empresas locales por
el consumo de insumos, el incremento del valor de las tierras y el aprovechamiento de
las inversiones ya realizadas.
3.3. Características del potencial impacto.
3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La zona de actuación no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000
ni dentro de otras Áreas Protegidas de Extremadura (Ley 8/1998, de 26 de junio, de
conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura).
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN23/0685) la actividad solicitada,
no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
propio informe.
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El Área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana, fuera de la zona
regable, aunque se abastece de una toma directa del Canal de Orellana ya autorizada,
y también fuera de cualquier área de riesgo potencial significativo de inundación (ARPSI). Por el interior de las parcelas discurren varios arroyos. Cualquier actuación que se
realice en el Dominio Público Hidráulico (DPH) deberá contar con la preceptiva y previa