Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063844)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Puesta en riego por goteo de 78,31 ha de olivar en la finca "El Carrasquillo"", en el término municipal de Almoharín (Cáceres). Expte.: IA22/1090.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023

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Según se indica en el Informe del órgano de cuenca, por el interior de la superficie de
riego discurren el arroyo de la Corbera y varios arroyos tributarios. La zona de captación de aguas para riego será a partir de una toma directa del Canal de Orellana, hacia
una balsa de regulación a realizar en una zona próxima de la propia finca.
Por otro lado, según lo indicado en el informe emitido por el Servicio de Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas (CN23/0685), la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000. En el citado informe se indica que
los valores naturales reconocidos son la presencia en parte de las parcelas de hábitat
natural de Dehesas perennifolias de Quercus spp. (Cód. 6310).
En materia de vías pecuarias, no se ha detectado ninguna vía pecuaria colindante afectable.
Por último, respecto a los posibles valores arqueológicos y/o patrimoniales, en la respuesta a la consulta practicada a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, no se indica nada al respecto sobre la existencia de yacimientos
conocidos, estableciéndose la necesidad de una prospección arqueológica previa para
la protección del patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse
afectado durante el transcurso de las obras de ejecución.


3.2.2. Alternativas del proyecto.

Se plantea la Alternativa 0 o de no actuación, basada en mantener su uso actual. El
promotor descarta esta alternativa porque el rendimiento que obtendría sería prácticamente nulo, junto con su consideración de que se producirían impactos negativos sobre
el suelo (aumento de la erosionabilidad, deterioro de la fertilidad y de la estructural de
suelo, entre otros).
Como Alternativa 1, valora la implantación de un cultivo de maíz, en la consideración de
que la mitad de las tierras cultivadas son de secano y la otra mitad dehesa y pastizal.
Considera el promotor que esta opción sería especialmente negativa por las altas necesidades hídricas (más de 5.000 m3/ha-año) y de fitosanitarios que necesita este tipo de
cultivo, que entiende, pondría en riesgo la vegetación autóctona de la finca.
Como Alternativa 2, valora el abandono del riego y la explotación completa de la finca
en secano, lo que generaría un impacto negativo a nivel social y económico: menos
mano de obra contratada, menos consumo de insumos agrícolas, menos volumen de
trabajo en las cooperativas agrícolas de la zona, en donde no existe otra actividad laboral ni rentable disponible. Y eso, sin incluir la considerable inversión ya realizada por
el promotor hasta la fecha.