Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0080)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremejía.
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NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023

57070

- En todos los casos, los locales destinados a este uso deberán cumplir con las determinaciones
que le sean de aplicación de las normas de protección contra incendios, seguridad de
utilización, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, Reglamentación de Autorizaciones y
Comunicación Ambiental y demás legislación específica vigente en la fecha de solicitud de la
licencia.
- Las plazas de aparcamiento adaptadas para personas con movilidad reducida permanente
cumplirán en lo que a dotación y dimensiones se refiere las condiciones establecidas en la
legislación de Promoción de la Accesibilidad en Extremadura que les sean aplicables.
Artículo 2.2.51.- Red ferroviaria. Clasificación y condiciones particulares.
1 Infraestructuras ferroviarias
En el conjunto de instalaciones que componen la red ferroviaria se diferencian las siguientes
categorías:
• Línea ferroviaria de Alta Velocidad, que corresponde a los terrenos ocupados por las vías de
soporte y su zona de servidumbre y protección.
• Línea ferroviaria convencional, que corresponde a los terrenos ocupados por las vías soporte y
su zona de servidumbre y protección.
Las características que habrán de reunir los elementos integrantes de la red ferroviaria, así como
las actuaciones que puedan llevarse a efecto en los terrenos destinados al uso ferroviario, o
incluidos en su área de influencia, se regularán conforme a lo establecido en la reglamentación
específica aplicable.
Sé prohíbe de forma genérica, de conformidad con la Ley del Sector Ferroviario, todo tipo de
edificación o uso del suelo que no cuente con la previa autorización de la Administración
competente, en los terrenos incluidos en la zona de protección de las vías delimitada por una
línea paralela a cada lado de las mismas, trazada a una distancia de 70 metros desde las aristas
exteriores de la explanación. A dichos efectos, hasta tanto no se produzca la solución y
construcción alternativa al trazado de la línea ferroviaria convencional, se entenderá ajustada
al Plan General el trazado actual.
En las áreas urbanas se impedirá el libre acceso a la línea ferroviaria mediante la disposición de
vallas o barreras, y el cruce o paso de las zonas de viales por el tráfico peatonal o rodado se
realizará a diferente nivel, aéreo o subterráneo, y en los puntos que se señalen al respecto.
2 Zonas de servicio
Las edificaciones e instalaciones destinadas a las estaciones de transporte de viajeros y
terminales de transporte de mercancías estarán constituidas por:
• Vías principales y de servicio, incluyendo los elementos e instalaciones auxiliares precisas para
su funcionamiento.
• Andenes de viajeros y de mercancías.