Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. Ayudas. (2023063684)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
67 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 215
Jueves 9 de noviembre de 2023

56871

5. No se dictarán resoluciones de concesión posteriores al día 31 de diciembre de 2024.
Duodécimo. Cheque Moderniza y Acuerdo de Prestación de Soluciones de
Modernización.
1. El derecho de cobro que nace de la resolución de concesión para los destinatarios últimos
se denomina “cheque moderniza”, por la cuantía correspondiente a las actuaciones para las
que se solicita la ayuda.
El “cheque moderniza” no podrá hacerse efectivo hasta que el Proveedor de Soluciones de
Modernización Adherido, en nombre del destinatario último, y siendo este el responsable
último, presente la documentación justificativa de la realización de la actividad para la que
se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
2. El destinatario último deberá emplear la ayuda concedida, el “cheque moderniza”, en la
contratación de las Soluciones de Modernización incluidas en el artículo 19 y detalladas en
el anexo I del Real Decreto 902/2022, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de
Soluciones de Modernización, que deberán cumplir los requisitos incluidos en el artículo
24 del mismo texto, con los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos, tal y
como aparecen definidos y regulados por el artículo 17 del mencionado Real Decreto y el
apartado sexto de la presente resolución.
3. El pago de la prestación se realizará por el destinatario último mediante la cesión al Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido de la parte del “cheque moderniza” asociado
al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización suscrito, y abono de la parte
correspondiente de los costes no subvencionables.
4. Para ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida (“cheque moderniza”), el destinatario último deberá firmar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con
los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos que proporcionen soluciones de
modernización disponibles en el mercado para las actuaciones subvencionables, y con los
que haya formalizado contrato previo.
5. L
 os Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización deberán ajustarse al modelo
contenido en el anexo IX de la presente resolución.
6. El Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización establecerá el importe de la
subvención concedida aplicado o la parte del “cheque moderniza” asociado, así como las
cláusulas y condiciones entre el Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido y el
destinatario último en el marco de la subvención concedida, entre ellas: