Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. Ayudas. (2023063684)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 215
Jueves 9 de noviembre de 2023
56865
Noveno. Documentación adjunta a la solicitud.
1. E
l formulario de solicitud de ayuda se acompañará de la documentación que figura en el
anexo III del Real Decreto 902/2022, y que se reproduce a continuación:
A) Identificación personal: Fotocopia del DNI, para los ciudadanos españoles, o de documento equivalente que acredite la identidad de los ciudadanos extranjeros y en el que
figure el NIE de la persona física titular del establecimiento o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica, así como, en ambos casos,
de su representante, salvo consentimiento expreso del interesado para que sus datos
de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por
la que se establece la configuración, características y requisitos y procedimientos de
acceso al Sistema de Verificación.
Igualmente, los beneficiarios podrán optar por presentar la tarjeta de identificación
fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica o permitir la consulta por parte de la
Administración, a través del consentimiento expreso del interesado. No obstante, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se eximirá
a los interesados de la presentación de la documentación que haya sido elaborada por
cualquier Administración, o que haya sido ya aportada anteriormente por los mismos,
siempre que el interesado no se oponga a que la Administración actuante pueda consultar o recabar dichos documentos. Por su parte, la disposición adicional octava de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, reconoce la potestad de verificación de las administraciones
públicas, en relación con los datos personales que obre en su poder, para comprobar la
exactitud de los mismos.
B) Facultades del representante: Las personas interesadas, además de lo establecido en
la letra anterior, deberán acreditar, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, las facultades de representación de la persona que formule
la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su
caso, en los registros públicos correspondientes.
C) Acreditación de la actividad económica: Los beneficiarios que desarrollen actividades
económicas acreditarán la inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o el Certificado de Situación Censal, expedido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente de-
Jueves 9 de noviembre de 2023
56865
Noveno. Documentación adjunta a la solicitud.
1. E
l formulario de solicitud de ayuda se acompañará de la documentación que figura en el
anexo III del Real Decreto 902/2022, y que se reproduce a continuación:
A) Identificación personal: Fotocopia del DNI, para los ciudadanos españoles, o de documento equivalente que acredite la identidad de los ciudadanos extranjeros y en el que
figure el NIE de la persona física titular del establecimiento o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica, así como, en ambos casos,
de su representante, salvo consentimiento expreso del interesado para que sus datos
de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por
la que se establece la configuración, características y requisitos y procedimientos de
acceso al Sistema de Verificación.
Igualmente, los beneficiarios podrán optar por presentar la tarjeta de identificación
fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica o permitir la consulta por parte de la
Administración, a través del consentimiento expreso del interesado. No obstante, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se eximirá
a los interesados de la presentación de la documentación que haya sido elaborada por
cualquier Administración, o que haya sido ya aportada anteriormente por los mismos,
siempre que el interesado no se oponga a que la Administración actuante pueda consultar o recabar dichos documentos. Por su parte, la disposición adicional octava de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, reconoce la potestad de verificación de las administraciones
públicas, en relación con los datos personales que obre en su poder, para comprobar la
exactitud de los mismos.
B) Facultades del representante: Las personas interesadas, además de lo establecido en
la letra anterior, deberán acreditar, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, las facultades de representación de la persona que formule
la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su
caso, en los registros públicos correspondientes.
C) Acreditación de la actividad económica: Los beneficiarios que desarrollen actividades
económicas acreditarán la inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o el Certificado de Situación Censal, expedido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente de-