Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063773)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de una superficie de 38,05 ha", en la finca "Las Conejunas", en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA18/1393.
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NÚMERO 214
Miércoles 8 de noviembre de 2023

56601

debido al aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, por los
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
El agua necesaria para la transformación a regadío proviene del río Guadiana, mediante
una toma directa del Canal de las Dehesas. El volumen total de agua que requiere el
proyecto para el riego de las parcelas es de 150.560 m³/año para una superficie de
38,05 ha. Según los datos obrantes en la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la
promotora solicitó con fecha 22/05/2018, una concesión de aguas superficiales, la cual
se tramita con número de expediente 1199/2018, para riego de 37,64 ha de cultivo leñoso (almendro). en las parcelas 19, 46, 47 y 49 del polígono 20 del término municipal
de Logrosán (Cáceres). El volumen en tramitación es de 150.560 m³/año.
En cuanto a la existencia o no de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas la Confederación Hidrográfica del Guadiana estima que existirían recursos
hídricos suficientes para el otorgamiento de la concesión solicitada y que la actuación
sería compatible con el Plan Hidrológico de cuenca según informa la Oficina de Planificación Hidrológica de ese organismo con fecha 12/02/2019, indicándose que, en cualquier
caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución del procedimiento de
concesión de aguas superficiales.
Por otro lado, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua,
ya sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas,
plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. No obstante, hay que destacar que la zona de actuación se
encuentra en zona de protección de productos fitosanitarios.
Por último, en el EsIA no se incluye un apartado específico sobre la evaluación de las
repercusiones a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las masas de agua afectadas por el proyecto. Por ello, SEO/BirdLife, según
las alegaciones formuladas a este respecto, entiende que no queda justificado el cumplimiento del principio de no deterioro de la Directiva Marco del Agua.