Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063773)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de una superficie de 38,05 ha", en la finca "Las Conejunas", en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA18/1393.
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NÚMERO 214
Miércoles 8 de noviembre de 2023
56602
C.2.3. Geología y suelo.
Dado que los cultivos y el sistema de riego ya están implantados en las parcelas, los
principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se produjeron como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la preparación del terreno y para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares.
Los principales impactos según el EsIA sobre el suelo serán la alteración de la geomorfología, la pérdida de tierra vegetal y la alteración de las propiedades fisicoquímicas del
suelo, como consecuencia del tránsito y movimiento de la maquinaria, el movimiento de
tierras, excavación de zanjas y cimentaciones, junto a la preparación del terreno para la
instauración de los cultivos. Afirmando que, teniendo en cuenta que topográficamente
el terreno presenta desniveles suaves, el impacto no será significativo.
La zona de actuación se encuentra mayoritariamente en terrenos con pendientes por
debajo del 6%, de forma que no es previsible que los movimientos de tierra hayan
generado un incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y
como consecuencia pérdidas de suelo fértil.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, en el EsIA se incluyen medidas para la minimización de los posibles impactos derivados de la utilización de estas
sustancias.
C.2.4. Flora, y vegetación.
La finca consta de vegetación de ribera la cual está fuera de la zona de actuación. En
la parcela 19 se encuentran 6 pies de encinas. Según el EsIA del proyecto no se cortarán y se tomarán medidas para que no se vean afectados los pies arbóreos de encina
existentes en la finca y se dejará un diámetro de 8 m libre de plantación de almendro,
medido desde el tronco, ni debajo de la copa de los árboles si el radio de la misma es
superior a 8 m.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal, informa que la parcela 19 del polígono 20, es forestal por la existencia de arbolado
forestal. Por tanto, advierte que se deberá tramitar previamente un cambio de uso de
suelo forestal a agrícola, trámite que no ha sido justificado por la promotora.
Miércoles 8 de noviembre de 2023
56602
C.2.3. Geología y suelo.
Dado que los cultivos y el sistema de riego ya están implantados en las parcelas, los
principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se produjeron como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la preparación del terreno y para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares.
Los principales impactos según el EsIA sobre el suelo serán la alteración de la geomorfología, la pérdida de tierra vegetal y la alteración de las propiedades fisicoquímicas del
suelo, como consecuencia del tránsito y movimiento de la maquinaria, el movimiento de
tierras, excavación de zanjas y cimentaciones, junto a la preparación del terreno para la
instauración de los cultivos. Afirmando que, teniendo en cuenta que topográficamente
el terreno presenta desniveles suaves, el impacto no será significativo.
La zona de actuación se encuentra mayoritariamente en terrenos con pendientes por
debajo del 6%, de forma que no es previsible que los movimientos de tierra hayan
generado un incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y
como consecuencia pérdidas de suelo fértil.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, en el EsIA se incluyen medidas para la minimización de los posibles impactos derivados de la utilización de estas
sustancias.
C.2.4. Flora, y vegetación.
La finca consta de vegetación de ribera la cual está fuera de la zona de actuación. En
la parcela 19 se encuentran 6 pies de encinas. Según el EsIA del proyecto no se cortarán y se tomarán medidas para que no se vean afectados los pies arbóreos de encina
existentes en la finca y se dejará un diámetro de 8 m libre de plantación de almendro,
medido desde el tronco, ni debajo de la copa de los árboles si el radio de la misma es
superior a 8 m.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal, informa que la parcela 19 del polígono 20, es forestal por la existencia de arbolado
forestal. Por tanto, advierte que se deberá tramitar previamente un cambio de uso de
suelo forestal a agrícola, trámite que no ha sido justificado por la promotora.