Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063668)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de casa rural", cuya promotora es Energy Saving Engineering, SL, en el término municipal de Aldeanueva de la Vera (Cáceres). Expte.: IA22/1157.
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NÚMERO 209
Martes 31 de octubre de 2023

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imputables, se ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o
indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes.


• Durante la ejecución de los trabajos deberán adoptarse las medidas preventivas
recogidas en el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la
Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX), modificado por el Decreto 144/2016, de 6 de septiembre.



• Se debe tener en cuenta la vulnerabilidad del proyecto, es decir, identificación,
descripción, análisis y cuantificación de los efectos ante riesgos de accidentes
graves o de catástrofes sobre los factores que pueden producir efectos negativos en el Medio Ambiente en caso de ocurrencia de los mismos.



• Las medidas preventivas y de protección proyectadas, se cumplirán en las dos
fases del proyecto, es decir, en la fase de ejecución y en la de explotación en
las cuales se tendrán en cuenta las más adecuadas para la protección del medio
ambiente, descritas en el documento presentado. Una vez finalizada la actividad, el cese implicaría el restablecimiento de los terrenos a su estado original,
teniendo en cuenta las mismas actuaciones preventivas que se han señalado
para la fase de ejecución, en el proceso de derribo.



• Antes de iniciar los trabajos, deberá ponerse en contacto con el Coordinador de
Zona de los Agentes del Medio Natural, quien le indicará el Agente con el que
deberá contactar antes de comenzar los trabajos.



— La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que, las parcelas asientan sobre la
zona protegida recogida oficialmente en el PHT 2015-2021: Área de captación de
la zona sensible “Embalse de Torrejón-Tiétar - ESCM550”. En cuanto a las aguas
superficiales las parcelas se encuentran próximas del Arroyo Pascuala y al Arroyo
Valle. En relación a las aguas subterráneas, las parcelas no asientan sobre masas
de agua subterránea.

El informe hace una serie de indicaciones en lo relativo a dominio público hidráulico,
zona de servidumbre y zona de policía según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (en
adelante TRLA), así como en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en adelante RDPH). Como que
se deberá contar con la preceptiva autorización por parte del Organismo de cuenca en
caso de actuación en DPH o Zona de Policía.