Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063666)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada de la planta de aglomerado asfáltico de Gévora Construcciones, SA, en el término municipal de Los Santos de Maimona (Badajoz).
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NÚMERO 208
Lunes 30 de octubre de 2023
54861
Vertidos:
15. N
o se establecen medidas adicionales a las que determine la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en su autorización administrativa de vertido.
Suelos contaminados:
16. P
or la AAU se considerará que el titular de la instalación industrial habrá cumplido con la
obligación de presentar el informe preliminar del suelo a ocupar por el complejo industrial,
a efectos de lo dispuesto por el artículo 3.1 del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por
el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y
los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
17. E
l titular de la instalación habrá de presentar para su aprobación por parte de la DGS en
el plazo de 1 año desde la resolución de esta AAU, un plan de control y seguimiento de
los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo, que se aplicará desde el
inicio de la actividad.
18. E
n el plazo de 2 años desde el inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial
deberá presentar un nuevo informe de situación, actualizando la información suministrada de conformidad con lo establecido en el artículo 3.4. del Real Decreto 9/2005.
19. A
simismo, en los supuestos de ampliación, modificación y clausura de las instalaciones;
y en las sucesivas renovaciones de la AAU, el titular de la instalación industrial estará
obligado a remitir a la DGS informes de situación.
20. E
l informe de situación contemplará, al menos, los siguientes aspectos: accidentes o irregularidades ocurridas sobre el suelo; identificación de nuevas áreas en las que exista posibilidad de contaminación y resultados de la aplicación del plan de control y seguimiento
de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo.
21. U
na vez examinado cada informe de situación, la DGS podrá requerir informes complementarios más detallados, incluyendo muestreos y análisis que permitan evaluar el grado
de contaminación del suelo.
Ruidos:
22. E
l titular de la instalación habrá de presentar en el plazo de 1 año desde la resolución de
esta AAU, una medición de ruidos para asegurar que se cumplen las prescripciones establecidas en esta resolución.
23. Posteriormente, para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en
esta resolución, se realizarán nuevas mediciones de ruidos Justo después del transcurso de
Lunes 30 de octubre de 2023
54861
Vertidos:
15. N
o se establecen medidas adicionales a las que determine la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en su autorización administrativa de vertido.
Suelos contaminados:
16. P
or la AAU se considerará que el titular de la instalación industrial habrá cumplido con la
obligación de presentar el informe preliminar del suelo a ocupar por el complejo industrial,
a efectos de lo dispuesto por el artículo 3.1 del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por
el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y
los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
17. E
l titular de la instalación habrá de presentar para su aprobación por parte de la DGS en
el plazo de 1 año desde la resolución de esta AAU, un plan de control y seguimiento de
los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo, que se aplicará desde el
inicio de la actividad.
18. E
n el plazo de 2 años desde el inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial
deberá presentar un nuevo informe de situación, actualizando la información suministrada de conformidad con lo establecido en el artículo 3.4. del Real Decreto 9/2005.
19. A
simismo, en los supuestos de ampliación, modificación y clausura de las instalaciones;
y en las sucesivas renovaciones de la AAU, el titular de la instalación industrial estará
obligado a remitir a la DGS informes de situación.
20. E
l informe de situación contemplará, al menos, los siguientes aspectos: accidentes o irregularidades ocurridas sobre el suelo; identificación de nuevas áreas en las que exista posibilidad de contaminación y resultados de la aplicación del plan de control y seguimiento
de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo.
21. U
na vez examinado cada informe de situación, la DGS podrá requerir informes complementarios más detallados, incluyendo muestreos y análisis que permitan evaluar el grado
de contaminación del suelo.
Ruidos:
22. E
l titular de la instalación habrá de presentar en el plazo de 1 año desde la resolución de
esta AAU, una medición de ruidos para asegurar que se cumplen las prescripciones establecidas en esta resolución.
23. Posteriormente, para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en
esta resolución, se realizarán nuevas mediciones de ruidos Justo después del transcurso de