Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023040348)
Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 207
Viernes 27 de octubre de 2023
54551
a) Actuaciones de creación o mantenimiento de libros genealógicos:
• Aplicación de base de datos del libro genealógico, software, hardware, su mantenimiento y mejora para la recogida y tratamiento de la información, al igual que la
creación y mantenimiento de la página web de la asociación.
• Pruebas genéticas y otros gastos relacionados con la identificación y filiación y otros
análisis genéticos necesarios para la adecuada gestión del Libro Genealógico, así
como los estudios para la caracterización de la raza.
• Sueldos, salarios, retribuciones, Seguridad Social y gastos del personal técnico y/o
administrativo de la asociación y personal o empresas contratadas para la gestión
del libro genealógico. En este apartado se incluyen las dietas y desplazamientos del
personal de la asociación para llevar a cabo actuaciones relacionadas con el Libro Genealógico dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Los costes incluidos en este apartado se limitarán a las cuantías establecidas por la
Junta de Extremadura para su personal (Decreto 287/2007, de 3 de agosto).
• Gastos derivados de la aplicación de sistemas de certificación externa de procesos
recogidos en las reglamentaciones de libros genealógicos.
• Gastos que genere el informe de la cuenta justificativa realizado por un Auditor de
Cuentas relativo a la justificación del gasto de la subvención, inscrito en el Registro
Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).
• Renting o leasing, con un máximo de 8.000 euros/año por cada asociación.
b) Actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación y/o
selección) oficialmente reconocido para la raza, en el que se recogerán las actividades
destinadas a determinar la calidad genética y/o el rendimiento del ganado, actuaciones
para la conservación de la raza, los análisis genómicos y la creación y el mantenimiento
de bancos de germoplasma en centros autorizados oficialmente:
• Material necesario para llevar a cabo los controles de rendimientos en explotaciones
y/o centros de testaje, estando incluido el transporte, la alimentación de los animales
y los costes de seguros frente a accidentes solo en los centros de testaje.
• Bases de datos y aplicaciones para el programa de mejora, software, hardware, su
mantenimiento y actualización para la recogida y tratamiento de la información.
• Pruebas genéticas necesarias para la adecuada gestión del programa de cría en laboratorios autorizados, así como aquellos estudios sobre valoración genética realizados
tanto por entidades públicas como privadas.
Viernes 27 de octubre de 2023
54551
a) Actuaciones de creación o mantenimiento de libros genealógicos:
• Aplicación de base de datos del libro genealógico, software, hardware, su mantenimiento y mejora para la recogida y tratamiento de la información, al igual que la
creación y mantenimiento de la página web de la asociación.
• Pruebas genéticas y otros gastos relacionados con la identificación y filiación y otros
análisis genéticos necesarios para la adecuada gestión del Libro Genealógico, así
como los estudios para la caracterización de la raza.
• Sueldos, salarios, retribuciones, Seguridad Social y gastos del personal técnico y/o
administrativo de la asociación y personal o empresas contratadas para la gestión
del libro genealógico. En este apartado se incluyen las dietas y desplazamientos del
personal de la asociación para llevar a cabo actuaciones relacionadas con el Libro Genealógico dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Los costes incluidos en este apartado se limitarán a las cuantías establecidas por la
Junta de Extremadura para su personal (Decreto 287/2007, de 3 de agosto).
• Gastos derivados de la aplicación de sistemas de certificación externa de procesos
recogidos en las reglamentaciones de libros genealógicos.
• Gastos que genere el informe de la cuenta justificativa realizado por un Auditor de
Cuentas relativo a la justificación del gasto de la subvención, inscrito en el Registro
Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).
• Renting o leasing, con un máximo de 8.000 euros/año por cada asociación.
b) Actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación y/o
selección) oficialmente reconocido para la raza, en el que se recogerán las actividades
destinadas a determinar la calidad genética y/o el rendimiento del ganado, actuaciones
para la conservación de la raza, los análisis genómicos y la creación y el mantenimiento
de bancos de germoplasma en centros autorizados oficialmente:
• Material necesario para llevar a cabo los controles de rendimientos en explotaciones
y/o centros de testaje, estando incluido el transporte, la alimentación de los animales
y los costes de seguros frente a accidentes solo en los centros de testaje.
• Bases de datos y aplicaciones para el programa de mejora, software, hardware, su
mantenimiento y actualización para la recogida y tratamiento de la información.
• Pruebas genéticas necesarias para la adecuada gestión del programa de cría en laboratorios autorizados, así como aquellos estudios sobre valoración genética realizados
tanto por entidades públicas como privadas.