Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sanidad Vegetal. Subvenciones. (2023050187)
Orden de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 204
Martes 24 de octubre de 2023

53809

Ante la presentación de una segunda solicitud para una misma subvención por la misma
agrupación, se dará validez a la última presentada y no será tenida en cuenta la solicitud
anterior, salvo error manifiesto que pueda ser justificado ante el órgano gestor.
5. J unto con la solicitud en modelo normalizado, deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a) Relación de integrantes de la agrupación en el momento de la solicitud con expresión
del DNI o NIF, nombre, apellido primero, apellido segundo e indicación de si se hallan
inscritos o inscritas en el “Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias
Ecológicas” de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Datos, todos ellos, que se
expresarán desagregados por sexo, además de la expresión porcentual de mujeres y
hombres que integran la agrupación, en cumplimiento del artículo 28.1 a) de la Ley
8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura
b) Declaración responsable de la agrupación, firmada por la persona titular de la Presidencia de que reúne todos los requisitos exigidos en el artículo 2.1 de la presente orden,
de que no está incursa en las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo
12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, de que no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una
decisión previa de la Comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal
e incompatible con el mercado interior, de que no tiene la consideración de empresa
en crisis de acuerdo con la definición dada por el artículo 2.18 del Reglamento (UE)
651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, de la composición de la totalidad de
la Junta de Gobierno de la agrupación con indicación del cargo, nombre, DNI y sexo de
cada integrante, de que todos los titulares de explotaciones agrícolas integrantes de la
agrupación tienen la condición de PYME y, finalmente, de que toda la base territorial
de la agrupación está debidamente inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha declaración responsable se ajustará al
modelo establecido en el anexo III de las presentes bases reguladoras.
c) Tarifas que la agrupación pretenda cobrar a las agricultoras y los agricultores que no
estén afiliados y que soliciten la prestación de asesoramiento técnico.
d) En su caso, relación de trabajos de investigación, ensayos, puesta a punto o implantación de nuevos modelos y técnicas para la gestión integrada de plagas que se realizan
desde la agrupación.
e) Respecto a las agrupaciones con más de una persona técnico asesora para el mismo cultivo, presentarán una solicitud por cada profesional y relación de integrantes de la agru-