Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023063469)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 203
Lunes 23 de octubre de 2023
53707
Educativa, o persona en quien delegue, e integrada, además, por dos representantes de
cada Delegación Provincial de Educación, un representante de la Federación Regional Extremeña de Asociaciones de Madres y Padres de Centros Públicos, un representante de la
Confederación Católica de Asociaciones de Madres y Padres de Extremadura y tres representantes del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad, uno de los cuales actuará
como secretario, con voz, pero sin voto. Se nombrará un sustituto para cada representante
de esta comisión que cubrirá la posible no asistencia justificada del representante titular,
si fuera necesario.
4. La Comisión ajustará su funcionamiento al régimen jurídico de los órganos colegiados y de
la abstención y recusación, regulado por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (título preliminar, capítulo II, sección 3ª y 4ª, respectivamente).
5. La designación de los miembros de la Comisión de Valoración deberá publicarse en el Diario
Oficial de Extremadura por Resolución de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, con anterioridad al inicio de sus actuaciones.
6. Serán funciones de la Comisión de Valoración:
— Informar y valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración.
— Elevar informe sobre la concesión y denegación de las ayudas y la cuantía de las mismas
en función de los criterios de valoración, al Director General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado décimo de
la presente resolución.
— Solicitar los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución.
Duodécimo. Propuesta, resolución y notificación.
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración, la jefa de Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad formulará la correspondiente propuesta de resolución al Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa que dictará la resolución
que proceda.
2. E
l plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses a contar
desde la fecha de publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de
Extremadura. La falta de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver y notificar, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 22.5. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lunes 23 de octubre de 2023
53707
Educativa, o persona en quien delegue, e integrada, además, por dos representantes de
cada Delegación Provincial de Educación, un representante de la Federación Regional Extremeña de Asociaciones de Madres y Padres de Centros Públicos, un representante de la
Confederación Católica de Asociaciones de Madres y Padres de Extremadura y tres representantes del Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad, uno de los cuales actuará
como secretario, con voz, pero sin voto. Se nombrará un sustituto para cada representante
de esta comisión que cubrirá la posible no asistencia justificada del representante titular,
si fuera necesario.
4. La Comisión ajustará su funcionamiento al régimen jurídico de los órganos colegiados y de
la abstención y recusación, regulado por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (título preliminar, capítulo II, sección 3ª y 4ª, respectivamente).
5. La designación de los miembros de la Comisión de Valoración deberá publicarse en el Diario
Oficial de Extremadura por Resolución de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, con anterioridad al inicio de sus actuaciones.
6. Serán funciones de la Comisión de Valoración:
— Informar y valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración.
— Elevar informe sobre la concesión y denegación de las ayudas y la cuantía de las mismas
en función de los criterios de valoración, al Director General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado décimo de
la presente resolución.
— Solicitar los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución.
Duodécimo. Propuesta, resolución y notificación.
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración, la jefa de Servicio de Inclusión y Atención a la Diversidad formulará la correspondiente propuesta de resolución al Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa que dictará la resolución
que proceda.
2. E
l plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses a contar
desde la fecha de publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de
Extremadura. La falta de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver y notificar, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 22.5. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.