Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023063469)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 203

53705

Lunes 23 de octubre de 2023

Noveno. Financiación y cuantía de las ayudas.
1. P
 ara la consecución de los fines pretendidos se destinará la cantidad máxima de 100.000
euros (cien mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 130050000 G/222 G/48000
CAG 0000001 20060123, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2023.
2. Las cuantías máximas que se concederán para el desarrollo de un proyecto serán:
a) Proyectos individuales: hasta un máximo de 700 (setecientos) euros.
b) Proyectos conjuntos: La cuantía se calculará multiplicando el número de asociaciones
implicadas por un máximo de 500 (quinientos) euros. La cuantía final concedida nunca
podrá ser igual o superior a 3.000 (tres mil) euros.
3. Las asociaciones solicitantes tendrán en cuenta estas cuantías máximas a la hora de elaborar sus proyectos, con el fin de garantizar la coherencia entre las actuaciones a desarrollar y la cuantía de la ayuda, aplicándose en su caso los máximos previstos en el punto
anterior y pudiendo estar sujeta a prorrateo según los términos que se especifican en esta
resolución.
4. La puntuación mínima para optar a la ayuda, de acuerdo con los criterios de valoración
que aparecen en el artículo décimo, será de cuatro puntos. Cuando la cuantía de las subvenciones solicitadas por asociaciones cuyos proyectos superan dicha puntuación mínima
sea superior al importe máximo establecido en la convocatoria, se procederá al prorrateo
de las ayudas. La cuantía asignada se calculará proporcionalmente a los puntos obtenidos,
multiplicando la puntuación obtenida por cada proyecto por la cuantía resultante de dividir
el número de puntos totales asignados a estos proyectos por el crédito disponible en esta
convocatoria.
Décimo. Criterios de valoración.
Para la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales:
1. Viabilidad del proyecto (máximo 3 puntos).
1.1 Relación de los objetivos propuestos con el resto de los elementos que intervienen en
la definición del proyecto: contenidos, actuaciones, criterios de evaluación, temporalización, etc. (2 puntos).
1.2 Grado de concreción y planificación del proyecto. Se detallan
llevarán a cabo y su temporalización (1 punto).

las actuaciones que se