Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Subvenciones. (2023063609)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023, dirigidas a entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 203
Lunes 23 de octubre de 2023
53748
Desarrollo, metodología empleada y objetivos perseguidos: hasta 30 puntos, según el
siguiente desglose:
— Orientación al fomento del emprendimiento, 5 puntos.
— Previsiones de análisis e investigación de áreas de desarrollo comarcal y provincial,
5 puntos.
— Previsiones de análisis de proyectos de formación en alternancia con el empleo en
cada comarca, 5 puntos.
— Perspectivas de diseño de acciones formativas de apoyo, 5 puntos.
— Iniciativas de apoyo al autoempleo y al emprendimiento, 5 puntos.
— Plan de evaluación de resultados de los proyectos de formación en alternancia con el
empleo, 5 puntos.
b) Experiencia en proyectos similares realizados por la misma entidad promotora o entidades dependientes: hasta 10 puntos.
— Desarrollo de 5 o más proyectos: 10 puntos.
— Desarrollo de 1 a 4 proyectos: 5 puntos.
c) Aportaciones de la entidad promotora u otras entidades colaboradoras, cuando dichas
aportaciones minoren las subvenciones a conceder por el Servicio Extremeño Público
de Empleo. A tal efecto, se tendrá en cuenta el esfuerzo inversor en cada caso. Dicho
esfuerzo inversor será determinado en función de la proporcionalidad existente entre la
cuantía aportada por la entidad promotora sobre la cuantía de la subvención a conceder.
Hasta un máximo de 5 puntos.
— Entre un 1 % y un 10 %: 1 punto.
— Entre un 10,01 % y un 30 %: 3 puntos.
— Más de un 30 %: 5 puntos.
Octavo. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. Composición de la Comisión de Valoración.
1. La ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones a entidades promotoras corresponderá al Servicio encargado de la gestión de los programas públi-
Lunes 23 de octubre de 2023
53748
Desarrollo, metodología empleada y objetivos perseguidos: hasta 30 puntos, según el
siguiente desglose:
— Orientación al fomento del emprendimiento, 5 puntos.
— Previsiones de análisis e investigación de áreas de desarrollo comarcal y provincial,
5 puntos.
— Previsiones de análisis de proyectos de formación en alternancia con el empleo en
cada comarca, 5 puntos.
— Perspectivas de diseño de acciones formativas de apoyo, 5 puntos.
— Iniciativas de apoyo al autoempleo y al emprendimiento, 5 puntos.
— Plan de evaluación de resultados de los proyectos de formación en alternancia con el
empleo, 5 puntos.
b) Experiencia en proyectos similares realizados por la misma entidad promotora o entidades dependientes: hasta 10 puntos.
— Desarrollo de 5 o más proyectos: 10 puntos.
— Desarrollo de 1 a 4 proyectos: 5 puntos.
c) Aportaciones de la entidad promotora u otras entidades colaboradoras, cuando dichas
aportaciones minoren las subvenciones a conceder por el Servicio Extremeño Público
de Empleo. A tal efecto, se tendrá en cuenta el esfuerzo inversor en cada caso. Dicho
esfuerzo inversor será determinado en función de la proporcionalidad existente entre la
cuantía aportada por la entidad promotora sobre la cuantía de la subvención a conceder.
Hasta un máximo de 5 puntos.
— Entre un 1 % y un 10 %: 1 punto.
— Entre un 10,01 % y un 30 %: 3 puntos.
— Más de un 30 %: 5 puntos.
Octavo. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. Composición de la Comisión de Valoración.
1. La ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones a entidades promotoras corresponderá al Servicio encargado de la gestión de los programas públi-