Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Subvenciones. (2023063609)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023, dirigidas a entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 203
Lunes 23 de octubre de 2023
53746
Sexto. Plazo y forma de presentación de la solicitud, documentación e información
acompañante.
1. El plazo para presentar solicitudes será de 10 días hábiles a computar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial
de Extremadura.
2. Las entidades que deseen solicitar subvención para un proyecto del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo deberán presentar la correspondiente solicitud y memoriaproyecto, según modelos que se acompañan como anexos I y II de la presente resolución,
de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
Su presentación podrá realizarse o en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura,
disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede.gobex. es/SEDE/), el acceso a
la totalidad de la información sobre el procedimiento, conforme al Decreto 7/2023, de 1 de
febrero, por el que se regula la puesta en marcha del Punto Único de Acceso a la información por diferentes canales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y organismos públicos, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicada en
la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y
presentados de conformidad con el párrafo anterior.
El órgano gestor recabará de oficio los datos o documentos elaborados por cualquier Administración Pública, salvo que el interesado muestre oposición a la realización de dicha
consulta en la solicitud.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Común de las Administraciones Públicas, no pueden requerirse al interesado documentos
ya aportados anteriormente, por lo que a estos efectos deberá indicar en la solicitud, el
documento del que se trata, en que expediente lo aportó, así como el órgano y la fecha de
presentación.
3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, así como cualquier otra que la
entidad considere necesaria para la concesión de la subvención:
A) Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representación, publicada, en su caso,
en el diario oficial correspondiente o certificación del Secretario de la entidad o docu-
Lunes 23 de octubre de 2023
53746
Sexto. Plazo y forma de presentación de la solicitud, documentación e información
acompañante.
1. El plazo para presentar solicitudes será de 10 días hábiles a computar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial
de Extremadura.
2. Las entidades que deseen solicitar subvención para un proyecto del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo deberán presentar la correspondiente solicitud y memoriaproyecto, según modelos que se acompañan como anexos I y II de la presente resolución,
de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
Su presentación podrá realizarse o en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura,
disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede.gobex. es/SEDE/), el acceso a
la totalidad de la información sobre el procedimiento, conforme al Decreto 7/2023, de 1 de
febrero, por el que se regula la puesta en marcha del Punto Único de Acceso a la información por diferentes canales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y organismos públicos, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicada en
la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y
presentados de conformidad con el párrafo anterior.
El órgano gestor recabará de oficio los datos o documentos elaborados por cualquier Administración Pública, salvo que el interesado muestre oposición a la realización de dicha
consulta en la solicitud.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Común de las Administraciones Públicas, no pueden requerirse al interesado documentos
ya aportados anteriormente, por lo que a estos efectos deberá indicar en la solicitud, el
documento del que se trata, en que expediente lo aportó, así como el órgano y la fecha de
presentación.
3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, así como cualquier otra que la
entidad considere necesaria para la concesión de la subvención:
A) Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representación, publicada, en su caso,
en el diario oficial correspondiente o certificación del Secretario de la entidad o docu-